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que esté obligado el poder legislativo á consentir
en todas las solicitudes que en tal sentido se le
dirijan; por el contrario., esa misn1a disposicion
significa que podrá consentir
ó
no en el estable–
cinliento de esas nuevas órdenes.
Asi tambien_, el congreso pron1overá la conver–
sion de los indios al
cotohcis1no~
cuando lo crea
necesario
ó
conveniente y valiéndose para ello de
sacerdotes
ó
misioneros que en vez de desprestigiar
las instituciones políticas del país, procuren des–
pertar é inocular en el salvaje, aclemas de los prin–
dpios y sentimientos cristianos') los principios y
sentimientos pátrios, los principios y sentinlientos
encarnados en la Oonstitucion política.
Cualquiera que sea el aspecto bajo el cual se
examinen los deberes del Estado para con la Iglesia,
se vé que la proteccion que el primero debe
á
la
segunda se refiere'; únniea y exclusivamente, al culto
externo; no co1nprende el dogma y la moral. Ver–
dad es que los legisladores, al dictar las leyes, pro–
curan inspirarse en los püncipios de la moral cris...
tiana cuya
superioridad á las demás
ha sido
reconocida por la unanilnidad de los pueblos civilza–
dos; pero no es menos cierto que procuran apartarse
de todas las doctrinas que el Vaticano moderno
pretende
hnponer~
porque son refractarias
á
los fun–
damentos de las sociedades modernas.
36-0umpliendo
·SUS
deberes en este sentido, el