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que esté obligado el poder legislativo á consentir

en todas las solicitudes que en tal sentido se le

dirijan; por el contrario., esa misn1a disposicion

significa que podrá consentir

ó

no en el estable–

cinliento de esas nuevas órdenes.

Asi tambien_, el congreso pron1overá la conver–

sion de los indios al

cotohcis1no~

cuando lo crea

necesario

ó

conveniente y valiéndose para ello de

sacerdotes

ó

misioneros que en vez de desprestigiar

las instituciones políticas del país, procuren des–

pertar é inocular en el salvaje, aclemas de los prin–

dpios y sentimientos cristianos') los principios y

sentimientos pátrios, los principios y sentinlientos

encarnados en la Oonstitucion política.

Cualquiera que sea el aspecto bajo el cual se

examinen los deberes del Estado para con la Iglesia,

se vé que la proteccion que el primero debe

á

la

segunda se refiere'; únniea y exclusivamente, al culto

externo; no co1nprende el dogma y la moral. Ver–

dad es que los legisladores, al dictar las leyes, pro–

curan inspirarse en los püncipios de la moral cris...

tiana cuya

superioridad á las demás

ha sido

reconocida por la unanilnidad de los pueblos civilza–

dos; pero no es menos cierto que procuran apartarse

de todas las doctrinas que el Vaticano moderno

pretende

hnponer~

porque son refractarias

á

los fun–

damentos de las sociedades modernas.

36-0umpliendo

·SUS

deberes en este sentido, el