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CAPÍTULO V

/ ne:flnicion

y

extenslo• del

patrona–

to nacional

37. Definicion del patronato nabional

y

objetos· que abzóa–

za-88. Extension que le atribuyen las leyes de España,

Francia

é

Inglaterra-39. Extension que tiene segun

las legislaciones de Chile, Perú y Bolivia-40. Ex.ten–

sion deducida de los mismos títulos que sirven d$

base al patronato-4t· Consecuencia Importante.

37.-Abordamos quizás la materia mas delicada

de este libro,

6

por lo menos la que mas contro–

versias ha provocado, dividiendo

á

los juriscon–

sultos

y

canonistas sud-americanos en dos bandos

perfectamente definidos: el de los

regalistas

y

el de

los

papistas;

es decir, el de los que consideran al

patronato como un derecho .anexo á los atributos

de la soberanía nacional,

y

el de

los que no re–

conocen mas autoridad, en asuntos relativos

á

la

disciplina de la Iglesia, que la del romano pontífice.

Antes de demostrar cual de las dos eseuelas se

encuentra en el terreno de la verdad leg·al, con-