CAPÍTULO V
/ ne:flnicion
y
extenslo• del
patrona–
to nacional
37. Definicion del patronato nabional
y
objetos· que abzóa–
za-88. Extension que le atribuyen las leyes de España,
Francia
é
Inglaterra-39. Extension que tiene segun
las legislaciones de Chile, Perú y Bolivia-40. Ex.ten–
sion deducida de los mismos títulos que sirven d$
base al patronato-4t· Consecuencia Importante.
37.-Abordamos quizás la materia mas delicada
de este libro,
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por lo menos la que mas contro–
versias ha provocado, dividiendo
á
los juriscon–
sultos
y
canonistas sud-americanos en dos bandos
perfectamente definidos: el de los
regalistas
y
el de
los
papistas;
es decir, el de los que consideran al
patronato como un derecho .anexo á los atributos
de la soberanía nacional,
y
el de
los que no re–
conocen mas autoridad, en asuntos relativos
á
la
disciplina de la Iglesia, que la del romano pontífice.
Antes de demostrar cual de las dos eseuelas se
encuentra en el terreno de la verdad leg·al, con-