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· - 88-

dictar

y

ejecutar las medidas necesarias á la tran–

quilidad pública.

Y

como para cumpli

~,,

tan ele-

~·~

vada mision puede dicha autoridad emplear medidas

represivas respecto de los hechos consu1nados

y

me–

didas preventivas respecto de los que se proyecten

6

esten en vias de realizarse; se ded.uce el derecho de

la misma para

r~gla1nentar

el culto en todo aque–

llo qne pueda afectar el cumplitniento tranquilo y

regular de las funciones sociales.

·

Se

puede prohibir, por eje1nplo, que las eere–

Inonias religiosas

teng·an lugar

a

altas horas de

la noche, que las procesiones sigan un itinerario

que entorpezca las funciones esenciales de la vida

civil de la sociedad, que se lleven cadáveres á los

templos con perjuicio de la higiene pública, que se

pronunci~n

sermones injuriosos á deternlinadas per–

sonas

6

corporac;iones sociales y se desprestigie en

ellos las instituciones políticas del país

ó

se incite á

la desobediencia

á

las autori<lades constituidas.

34.-D~

lo expuesto se deduee que solo los actos

del culto externo::__los del privado raras veces, los

del público sie1npre-caen bajo el dominio de la au–

toridad püblica y que>¡ como todos los hechos de ca–

rácter social, co1no todas la:::; fnneiones ·

ó

prácticas

susceptibles de atacar el derecho ajeno, pueden servir

de objeto

á

una ley

y

á los reglamento!) que para la

mejor ejeeucion de esta, erea conveniente dictar el

poder administrativo.