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-565-

no ficisteis tarnbien de fecho vuestra voluntad en

ahorca·r al

c~trsor,

que os lo presentó?

Que claro está,

que no solamente en ese reyno, si el papa sabe que

en España y Francia le han de consentir semejan–

te acto que ese, que

lo fará, por acrecentar su

jnrisdiccion; mas los buenos viso-reyes los atajan,

é remedian de la 1nanera, que he dicho;

é

con un

castigo, que fagan en semejante

caso~

nunca mas

se osan facer otros; como antiguamente en unos

casos se vió por experiencias; pero habiendo pre–

cedido las exco1nuniones, que se dejaron presentar

del co1nisario apostólico en lo de la Oaba: claro

estaba, que viendo que se sufría lo uno, se habia

de atrever

á

lo otro.»

Fernando V. no consintió, pues, en el cumpli–

Iniento de breves pontificios, cuya ejecucion enco–

mendó el papa

á

un enlisario suyo. Consideró esto

con1o un ataque

á

sus facultades

soberana~;

y al en–

viado de la corte pontificia acreedor, por la teme–

ridad de haberse prestado

á

cnmplír un encargo de

tal naturaleza, al castigo de la horca.

N

o preten–

den tanto los soberanos de la época actual; no apelan

á

medidas tan severas para contener el avance

-ile·

g·ítüno de los enviados de la silla apostólica.

314.-En la República Arg·entina tampoco se

ha reconocido

á

los representantes pontificios mas

derechos propios que los derivados de su carácter

diplomático.