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( hristianissirntt1n, lVuncüts
·
~lpostolicus etc~
finna.–
do al fin:
R. Archiep Rhod. Nanc, Apo'Stolicttts,
en
el que se concede penniso para leer libros prohibidos
y
condenados., con las excepciones alli indicadas:
oido el
inforn~e
dei 1naestro Pedro de Paris) conse–
y'ero;
despues de deliberar sobre la 1nateria:
«La corte ordena que los ejemplares del referido
escrito sean suprimidos, intilnándose
á
los que ten–
gan eje1nplares en su poder los remitan para este
fin
á
la escribanía de la Corte:
se prohibe
á
toda
clase de personas, de
C1Jtalq~tier
estado
Ó
condicion,
·
obtener parecidos pennisos, conw contrarios.
d
los
derechos de los
ordinarios~
á
las 1náximas
y
usos
del reino:
prohibe iguahnente
á
todos los impresores
imprimir escritos semejantes; les intüna se· confor–
men con las ordenanzas, edictos y declaraciones del
rey registradas en la Corte, bajo las penas en ellas
contenidas.»
311~-
Cuando el cardenal Caprara fué.acreditado
en calidad de legado
á
latere
cerca de Napoleon
Bonaparte, primer cónsul de la República franc'esa;
sobre las bulas
ó
credenciales presentadas por aquel
recayó un decreto que lleva
la
fecha del
18
genni–
nal afio X, en el cual se lee lo siguiente:
e
El
cardenal Caprara, enviado á Francia con el título de
legado
a
latere)
queda autorizado para ejercer las
facultades enunciadas en la bula dada en Roma el
Lúnes
6
fructidor año
IX~
con la condicion de