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-562-

( hristianissirntt1n, lVuncüts

·

~lpostolicus etc~

finna.–

do al fin:

R. Archiep Rhod. Nanc, Apo'Stolicttts,

en

el que se concede penniso para leer libros prohibidos

y

condenados., con las excepciones alli indicadas:

oido el

inforn~e

dei 1naestro Pedro de Paris) conse–

y'ero;

despues de deliberar sobre la 1nateria:

«La corte ordena que los ejemplares del referido

escrito sean suprimidos, intilnándose

á

los que ten–

gan eje1nplares en su poder los remitan para este

fin

á

la escribanía de la Corte:

se prohibe

á

toda

clase de personas, de

C1Jtalq~tier

estado

Ó

condicion,

·

obtener parecidos pennisos, conw contrarios.

d

los

derechos de los

ordinarios~

á

las 1náximas

y

usos

del reino:

prohibe iguahnente

á

todos los impresores

imprimir escritos semejantes; les intüna se· confor–

men con las ordenanzas, edictos y declaraciones del

rey registradas en la Corte, bajo las penas en ellas

contenidas.»

311~-

Cuando el cardenal Caprara fué.acreditado

en calidad de legado

á

latere

cerca de Napoleon

Bonaparte, primer cónsul de la República franc'esa;

sobre las bulas

ó

credenciales presentadas por aquel

recayó un decreto que lleva

la

fecha del

18

genni–

nal afio X, en el cual se lee lo siguiente:

e

El

cardenal Caprara, enviado á Francia con el título de

legado

a

latere)

queda autorizado para ejercer las

facultades enunciadas en la bula dada en Roma el

Lúnes

6

fructidor año

IX~

con la condicion de