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-436-

aconsejaron la snn1ision ele los n1inistros ele Cristo

á

loq poderes temporales.

En una

oca~ion

J

esns dijo

á

sus discípulos:

<<

Sabeis • que aque1los_qne se ven 1nandar

á

las

gente~,

se enseliorean de ellas,

y

los príncipes de

ellas tienen potestacl sobre ellas.

Mas

no es asi

entre

vosotros~

antes

21

qne quisiere ser el n1ayor,

será vuestro criado;

y

el que quisiere ser el pri–

lnero entre vosotros) sercí siervo de

todos.»

(1)

:La Iglesia ha aceptado.. segun se sabe, como

fidedigna,

la

explicacion de los diferentes pa–

sajes de la Eseritura

hech~t

los por santos padres.

Pues bien, San

Gerónin1o~

refiriéndose al ci–

tado, dice que la diferencia entre los reyes

y

los

obispos, entre el soberano

t~mporal

y

las antorida–

deH eclesiásticas, consiste en que

lo~

reyes gobiernan

á

los pueblos

á

su pesar, 1nientras que los obispos

solo gobiernan

á

aquellos que lo quieren:

-ille terrore

suujici, hic ser·vitnti donatur.

Los reyes, agrega,

son los dueños

c1el

cuerpo para castigar

á

los

ho1nbres de n1nerte; los obispos tienen cuidado de

conservar las almas para la vida eterna:

ille corpora

cztstoclit

ad

1norten~,

hic

anin~as

servat

ad

vitanL

(2)

San Orisósto1no co1nentando el nlismo pasajrJ

asegura que un obispo no puede n1andar como un

(1)

San Marcos

cnp.

X v. 42, 43

y

H.

(:¿¡

Epistola 3

ri

Nepot. citada por Dupin.