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pueblo c1e Espali::>, que violase P?r una consplracion

ó

por faccion el juramento hecho

para la conserva–

cion de la pdtria) del Estrtdo ·de los .r¡oclos

y

de la

salud del rey,

ó

que atentare

á

la vidrt del rey, 6 que

q~tisiera

despojarlo de :;u reino y 1,tsurpar tiránica–

n~ente

su dOJninacion_. sea anatematizado.))

¿Oon1o habria conciliado el seíior Risso Patron

las doctrinas de obediencia

á

la autoridad tempo–

ral, establecidas en este canon, con sus incitaciones

al desprestigio

y

á

la c1esobe(1iencia de una ley ema–

nada de los poderes legalmente constituidos?

239.-Si de los pontífices y conciliDs descendemos

al cuerpo episcopal de la cristiandad, no es dificil

encontrar prelados llenos de prestigio, de virtud y

·de talento que, en c:asos 1gnales al del obispo de Sat–

ta, no creyeron faltar

á

sus deberes al seguir una lí–

nea de conducta contraria

á

la ele este.

Cuando se

rlió

en :HraJ)cia la nueva ley de instruc–

cion primaria , y se sancionó el princi1Jio de la ense–

ñanza laica, el cardenal Bonnechose, arzobispo de

París, dirig·ió al clero y

á

los

fieles las siguientes

palabras publicadas en los diarios parisienses:

<< L(t

ley no 1nanda la i;npiedacl; sino la neutralidad.

Cuando esta neutralidad sea estrieta1nente obser–

vada; e11ando tengais la seguridad ele 11ne la ense–

üanza de la escuela con1unal no contraria en nada la

c1e la Iglesia, y se concilia con las doctrinas y las

tradiciones de nuestra santa religion,

podeis y de-