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pueblo c1e Espali::>, que violase P?r una consplracion
ó
por faccion el juramento hecho
para la conserva–
cion de la pdtria) del Estrtdo ·de los .r¡oclos
y
de la
salud del rey,
ó
que atentare
á
la vidrt del rey, 6 que
q~tisiera
despojarlo de :;u reino y 1,tsurpar tiránica–
n~ente
su dOJninacion_. sea anatematizado.))
¿Oon1o habria conciliado el seíior Risso Patron
las doctrinas de obediencia
á
la autoridad tempo–
ral, establecidas en este canon, con sus incitaciones
al desprestigio
y
á
la c1esobe(1iencia de una ley ema–
nada de los poderes legalmente constituidos?
239.-Si de los pontífices y conciliDs descendemos
al cuerpo episcopal de la cristiandad, no es dificil
encontrar prelados llenos de prestigio, de virtud y
·de talento que, en c:asos 1gnales al del obispo de Sat–
ta, no creyeron faltar
á
sus deberes al seguir una lí–
nea de conducta contraria
á
la ele este.
Cuando se
rlió
en :HraJ)cia la nueva ley de instruc–
cion primaria , y se sancionó el princi1Jio de la ense–
ñanza laica, el cardenal Bonnechose, arzobispo de
París, dirig·ió al clero y
á
los
fieles las siguientes
palabras publicadas en los diarios parisienses:
<< L(t
ley no 1nanda la i;npiedacl; sino la neutralidad.
Cuando esta neutralidad sea estrieta1nente obser–
vada; e11ando tengais la seguridad ele 11ne la ense–
üanza de la escuela con1unal no contraria en nada la
c1e la Iglesia, y se concilia con las doctrinas y las
tradiciones de nuestra santa religion,
podeis y de-