:- 413-
Delfin Gallo,
en
su notabilisiluo discurso de
12
c1e
Julio de
1883.
Cuando en la asatnblea constituyente de Santa
Iré
se discutio el artículo 2
°
1nencionaclo, se hi–
eieron algunos esfnerzl)s, por los
representantes
nltra1nontanos, 11ara que la proteccion del Estado
se hiciese exten siva
á
la doctrina católica y no se
limitase exclnsivan1ente al culto.
Fray Manuel
Perez propuso la adopcion <le
esta fórmula:
<<El
gobierno federal
profesa
y sostiene el culto
católico~
npostólico romano.>>
El selior Leiva propuso esta
otra : La religion católica, apostólica, romana
es
lrt rellgion del Estado;
las antoridades
le cleben
to(la proteccion,
y
los habitantes veneracion y res–
peto.»
En concepto, pues, de los representantes
ortodoxos, el texto nprobado, no era suficiente para
jmponer la protecion del Estado en favor de la
<1octrina católica.
Uno ele los opositores
á
estas fónnulas fné el se–
lior Lavaisse, el cual, no
obsta~1te
su investichua
. acenlota1, se expresó en los términos indicados en
el siguiente estracto cficial de la sesion respectiva:
«El seüor Lavaisse fnncló . n oposicion
á
las a<licio–
nes propuestas, en
qne
la Oonstitncion n0 podía in–
tervenir en
la"
conciencias~
sino 1·eglar solo
el
cnlto exterior
que el g·obierno federal estaba ob1i–
g<ulo
él
sostenerlo, y esto era lo bastante;
que
lrt
·re1 igion, como creencia) no necesitaba 1nas proteccion