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:- 413-

Delfin Gallo,

en

su notabilisiluo discurso de

12

c1e

Julio de

1883.

Cuando en la asatnblea constituyente de Santa

Iré

se discutio el artículo 2

°

1nencionaclo, se hi–

eieron algunos esfnerzl)s, por los

representantes

nltra1nontanos, 11ara que la proteccion del Estado

se hiciese exten siva

á

la doctrina católica y no se

limitase exclnsivan1ente al culto.

Fray Manuel

Perez propuso la adopcion <le

esta fórmula:

<<El

gobierno federal

profesa

y sostiene el culto

católico~

npostólico romano.>>

El selior Leiva propuso esta

otra : La religion católica, apostólica, romana

es

lrt rellgion del Estado;

las antoridades

le cleben

to(la proteccion,

y

los habitantes veneracion y res–

peto.»

En concepto, pues, de los representantes

ortodoxos, el texto nprobado, no era suficiente para

jmponer la protecion del Estado en favor de la

<1octrina católica.

Uno ele los opositores

á

estas fónnulas fné el se–

lior Lavaisse, el cual, no

obsta~1te

su investichua

. acenlota1, se expresó en los términos indicados en

el siguiente estracto cficial de la sesion respectiva:

«El seüor Lavaisse fnncló . n oposicion

á

las a<licio–

nes propuestas, en

qne

la Oonstitncion n0 podía in–

tervenir en

la"

conciencias~

sino 1·eglar solo

el

cnlto exterior

que el g·obierno federal estaba ob1i–

g<ulo

él

sostenerlo, y esto era lo bastante;

que

lrt

·re1 igion, como creencia) no necesitaba 1nas proteccion