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exclusivista, odiosa é intransigente tiende á limi–
tar el horizonte de las
libertades püblicn.s
á
lo')
estrechos lítnites de un sisten1a de doctrinas, ge–
neraln1ente rechazadas por la conciencia nacional
de los paises libres.
La enseñanza laica, al contrario, subordinando
los derechos
y
deberes de la propaganda, á las exi–
gencias del 6rden püblico, consiente dicha propa–
ganda en la fonna que las diferentes cotnuniones
religiosas lo crean 1nas conveniente.
En la prác–
tica· de este siste1na, los poderes políticos se cir–
cunscriben á ejereer una accion 1nocleradora;
y
á
propender que al an1paro de la
liberta~
coexistan
y
se ejerciten diversos derechos,
á
fin de que, dentro
ele la ar1nonia general, la sociedad entera
y
cada uno
de sus 1nie1nbros sat.isfagan ;-;us aspiraciones
y
ne–
eesidades. El principio de la enseñanza laica es,
pues, el que 1nejor se concilia con las
funcione~
propias de los encargados del ejercicio de la sobera–
nia nacional.
224-Por otra parte" la obligacion del Estado,
sostenida por el partido clerical, de decretar en las
escuelas püblicas la enseñanza de nna reljgion de–
terminada, presupone en el n1isn1o Estado, el deber
de profesar dicha religion
y
el ele obedecer cieo·a–
n1ente
á
sus inspiraciones.
¿El Esta
el
o podria imponer doctrinas
y
vrccepto ·