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el vicario por ser 1nas pertinente al as'unto que de–

batilnos.

El doctor Juan An1brosio Huerta obispo de

Puno., sacerdote

ele

reconocido talento,

de

vasta

ilustracion, de convicciones profunda1nente arrai–

gadas en el sentido del nuts refinado ultrainonta–

nistno, de firmeza de ca1 ácter

y

dotado de virtn–

(les apostólicas, ce1ebró en sn

diócesi~,

en los dias

trascurridos del

16

de Agosto al

3

de Setiembre

de

1868

nn

sínodo) en el que se

aco1~daron

diferentes

medidas euyo carácter no

es

el n1omento de apre–

Ciar.

Gniado el mencionado obispo por sus

jdeas

anti-regalistas, se limitó

á

pon.er

en conocimiento

de la autoridad eivil su propósito de celebrar este

sínouo, sin esperar el permiso correspondiente y la

designacion

del

funcionario que, en representacion

del soberano temporal, debía concurrir, como las

leyes lo prescriben, á las sesiones que se celeb1

en.

Oelébrado el sínouo, sns acuerdos fueron p_ro–

Innlgados por el refei'ido

obispo~

sin recabar el vré–

vio

pase

r1el patrono nacional.

I.~as

.autoridades

volíticas reelamaron

de

esta nu8va violacion de

lc13

leyes y sus recl an1os fueron desatendidos. Mon–

señor Huerta, en su oficio de

31

de Mayo ele

1869

a

1

prefecto de Pnno; decía

entre otras cosas:

<<Estoy

resuelto

á

llevar

á

cabo las constituciones

. inodales punenses sea cual fuere el resultad o. Si