Previous Page  379 / 674 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 379 / 674 Next Page
Page Background

-371-

pretna, apesar de las reiteradas y moderadas ins–

tancias que se le hicieron. Hubo necesidad de

recurrir

á

las 1nedidas coercitivas y se empleó

la fuerza para trasladarlo

á

la capital del Perú.

Una vez alli se le constituyó en prision, primero

en un convento de franciscanos descalzo:s y des

pues, bajo la garantía del arzobispo de Lima, en

un alojanliento especia

l.

Debetno~

hacer notar

de paso, que el arzobispo rnencionado, al ofrecer

dicho alojamiento por tnedio (Je una co1nunicacion

oficial didjida al 1ninistro del culto, no protestó

contra las 1nedidas de que era ob.ieto el vieario de

Puno,

y

antes bien djjo que permanecería en el

alojamiento que había ordenado se le preparase,

hasta que se resolviese

lct

cuestion~

á

que babia

dado orígen.

Por el simple hecho de su traslacion

á

Lima,

el vicario de Pnno quedó suspendido en el ejercicio

de la jurisdiccíon diocesana; quedó privado, por la

s"Ola accion de la autoridad civil de

BUS

funcio–

nes eclesiásticas de vicario. El 1nismo doctor

Huerta lo comprendió ::tsí, y al salir del territo–

rio de su jurisdiccion dejó encargado del gobier–

no eclesiástico de la diócesis al canónigo señor

Francisco Ruiz. Hubo,

pues~

como se ve, suspen

~

sion de oficio; y tambien de beneficio, porque le

fuer~n

retiradas las temporalidades al vicario en–

juiciado.