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oficio,
ó
á
pedimento de nuetros fiscales ó de eual–
qniera parte que lo pida.,
(1)
El
enjui.cia1ni~nto
decretado fné, pues, un acto le–
gal del gobierno.
Pero el decreto del poder ejecutivo, admnas del
enjuiciamiento, ordenó la suspension de oficio y be–
neficio, en el coro de la iglesia catedral de Córdoba,
del canónigo doctor
Clara ~
considerándolo en con–
secuencia separado del gobierno del obispado.
Para apreciar n1as fácil1nente la legalidad y ex–
tension del enunciado decreto, vamos préviamente
á precisar el
síg·nifi(~ado
de las palabras
oficio
y
beneficio.
178.-0ficio
bajo el punto de vista jurídico,
significa el cargo emvleo, dignidad ó poder de
cualquier funcionario ó empleado público, institui–
do para el servicio del pueblo.
El uficio que ejercen los fnncionaríos eclesiásticos
en la República
Argentina~
tiene un doble carác–
ter~
sobre el cual hemos dado algunas explicaciones
en los nún1eros
122, 123
y
124.
Tiene un carácter
temporal en todo lo que se relaciona con los inte··
rese::; de este órden
y
en cuanto su ejercicio está
subordinado
á
las leyes civlles. Tiene un carácter
espiritual en todo lo que se refiere al fuero ínter–
no de la conciencia
y
depende, úniea y exclusiva-
(1) Ley
1
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titulo 6, libro
t
0
.