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gun hen1os visto, han considerado abusiva la con–
ducta de los prelados cuando han fnhninado anrr–
teJnas
relativo~
á estos ramos.
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«
Ija Iglesia católica es l ihre por rlerecho
divinq, \) elijo el señor Clara en su segunda
pasto~
ral.
La <lificnltRd está en precisar 1a extension
ele
dicha libertad.
1m
ex-vir,ario
ae
Córdoba
haciet~do
abstraccion flel 1nnnrlo en que vive, fle las leyes
á
que
t(Jclo~
los
ciudadano~
rteben obediencia éon1o
n1iembros de la
socie(lar1politica~
entiende esa liber–
tad como
.:inónitno ele suprmnacia absoluta sobre
las clemRs instituciones lnnnanas.
Oree con1o Pio VIII que la Iglesia no está
smne~
tida
á
ninguna potestad de la tie1Ta; opina con1o el
Syllah~~s
qne el poder civil no pue(le señalar límites
al ejercicio de
~ns
derechos, co1no se los señ& la
á
las
d.e1nas
instituciones ocia1es·
considera con1q San
An1brosio qlle en 1naterias de doctrina no son los
emperadores los que juzgan
:í
los obispos sino los
obispos quienes juzgan
á
los en1peradores.
]~ste
puede ser y es en efe<.;to el tipo de la libertad
so11ada por los pontífices
y
por todos
los que, con
cieg·o fanatismo, han abüicado de su libertad
y
de su
conciencia, para pensar y proceder con1o se piensa
y
se procecle en el Vaticano.
Pero esta no es la vi–
c1a real, ni la situacion racional de
la Iglesia en el
E~tado.
En todos los paises 1nas ó menos constituidos
y