-301-
Los vocales que las aceptaron fueron: señores
:B
1
rancisco de las Carreras, Francisco Delgado y Jo–
sé Barros Pazos.
En este caso se vé actuando, no sola1nente al po
cler ejecutivo, sino tatnhien al1nas alto tribnl}al de
la Reptí.bliea)_para reparar un error en que se habia
incurrido con detrin1ento del patroDato nacio·nal;
í)ara ünpedir que siguiera snrtienc1o
s~~s
efectos nn
íloctllnento pontificio de los de 1nas alta ilnportan–
cia, entre todos los relativos al gobierno de la íglesia
argentina.
Volvel'nos
á
preguntar: cuando de tal modo se
han defendido las prerogativas del patronato ¿había
alguna razon especial para que no se hiciera lo
nlistno trat.andose del Syllabus invocado en las pas–
torales del señor·Clara?
La conducta del n1encionado vicario fné,
pues~
justiciable bajo nn doble punto rle vista: como
in~
fractora de las leyes del patronato y con1o un de–
sacato
á
la antoridad del golJierno nacional.
Y
observese que nos referilnos solan1ente
á
aque–
lla~
partes de las past0rales que se relacionan con
la escuela nor1nal de Córdoba. · Prescindimos de las
alusivas
á
las tésis universitarias
y
á
la libertad de la
1
prensa.
PreferinltlS
ver en
las condenaciones
referentes
á
dichas 1naterias, sirnples extravíos
y
errores de concepto, no obstante que otros
paises 1nas
adelantados~
con1o
la Francia, se-
•