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inspirada por haberse sorprendido
á
dicha
1nonja
en
correspondeucia epistolar
con los el1e1nigos qQe
bloqueaban el puerto de Buenos Aires.
N
o por ser
elevado
y
patriótic.o este 1nóvil, deja de tener la medi–
da el carácter de una
intervencion directa en
los
asuntos eclesiásticos: era, si se quiere, la expresion
del patronato ejereido en sn acepcion n1as lata.
97--
La n1ünua junta, en 3 de Diciembre de
igual año, 1nandó q_ne ningun jefe eclesiástico confi–
riese e1npleo püblico
á
las personas que no lr1biesen
nacido en las provincias
argentinas~
lo cual ünpli–
caba señalar lünites
á
la jurisdiccion de las a-...1tori–
dades eclesiásticas.
98
~La
asan1blea constituyente ele
1813,
en 4
de Agosto del nüsn1o año, to1nanclo ingerencia en la
1nanera de acbninistrar uno ele los prjncipales sacra–
mentos, ordenó que el bantisn1o
se adnünistrase
sien1pre con agua ten1plada.
Esta resolucion co1uo
las citadas en el nlí.mero
20
de este libro se con1en··
tan por sí n1ismas.
99-0on fecha
13
de Dicien1bre de
1821 ~
en un
decreto gubernativo autorizado por
B~i
vadavia, se
independizó de todo prelado ó autoridad provincial
á
las casas de la órden de regulares llan1ados mer–
cenarios, quedando bajo la sola direccion de los pre.
sidentes de
e~da
casa. Se declaró, ade1nas, que dichas
casas
y
los que las presidian quedaban bajo la inme–
f1iata proteccion del gobierno.