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pero
las resistencias
no nacen
de
las
nueYa·s
institu,
ciones creadas bajo el ünperio de la Repüblica.
93--Hay
1nas.
A
las ideas
del
señor Pizarro
po"
dmnos oponer
la
opinion del pontífice Pío
IX_, opi–
nion pronunciada despues de celebrado el con–
cilio Vaticano
y
con posterioridad, por
lo
tanto,
á
la
declaracion
de
la autoridad infalible
de
los
papas.
En
el capítulo V de este libro hemos re–
cordado un párrafo de la bula en que concedió el
patronato,
al
gobierno republicano
del
Perü,
en 1874;
se dice en ella que se concede
e
el derecho de pa–
tronato de
que
gozaban los
reyes
de
España, antes
que el Perü estuviese separado de
·u dominacion.
~
Y en otro párrafo de la nüsma bula se agrega.:
«
Finahnente los presidentes de la República goza–
rán
en
ias
iglesias del Perü, de los honores que go·
zaban en otro tie1npo
los reyes de España,
en
viro
tud del derecho de patronato concedido por
la
Santa -
Sede.>
Se vé, pues,
que
en
concepto
del
Papa las
leyes
e8pañolas
~obre
patronato tienen
aplicacion~
ó
mas bien
dicho ,
no
son incompatibles con
la
forn1a
republicana de g·obierno; vorque se supone que las
república
solo lo han de ejercer en la
for1na
y
ex–
tension que
1nas
convenga
á
sHs nuevas institucio–
nes.
94-El doctor
Pizarro
se propnso hacer
optar
á
los defensore. del regalisn1o nno de los clos extre–
mos
de esta disyuntiva:
ó
ie
acepta que
el
patro·