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-136-

quienes no solan1ente reconocían la enunciada .Pre–

rogativa del gobierno civil

sino que le atribuían

una importancia capital.

57.-

N

o n1enos explicitos han sido .algunos pre–

lados al prestar sus respectivos jura1nentos, antes

Lle encargarse de la gobernacion dA sus diócesis y

entrar en el ejercicio de sn sagrado n1inisterio. l\fe–

rece particular mencion el easo del doctor l\1ariano

1\!Iedrano, obispo

in

partibzes

infideli~t1n

de Anlon,

primero, y obispo diocesano de Buenos Aires des–

pues. El

24

de Ma:Fzo de

1834

prestó, en

pre~

sencia del señor n1inistro de relaciones exteriores,

jura ni ento en esta forma.

«

¿

J

urais-se le pre–

guntó,~-á

Dios ·

y á

estos santos envangelios

ser

fiel

a

la nacion ,

reconociendo sn soberanía

y

alto

patronato;

que lo guardareis en

todo y por todo

llan::unente

y

sin impedünento alg·uno; que no re–

cibireis ni aceptareis dignidad alguna que no os

confiera el gobierno de la nacion, ó sin su expreso

consentüniento; que os abstendreis en vuetras co–

Inunicaciones con la santa sede de cuanto .por las

leyes está prohibido; que cun1plireis con las obli–

gaciones que ellas os ünponen, con respecto á los

despachos, bulas

y

comisiones que recibiereis de la

corte romana

y

de que nada jurareis que se oponga

á

este juramento de fidelidad

qtll-~

prestais

á

la na–

cion?)

«Sí

juro,» conte&tó sünple

y

llana1nente el obispo