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Amparado asi por una autorizaci6n oficial, y con una orden expresamente dirigida al

maestro Pedro de Escobar, pudo embarcarse en el navio "Santa Lucia"

(l

8-X-1580).

Tai vez

acodado en

la

borda, contemplaria c6mo se desdibujaban en el horizonte

las

arboledas pr6ximas

al Realejo, e imaginaria la vida de Lima, la ciudad rica y pomposa, cortesana y sensual, pero

tambien cul

ta,

recatada y religiosa. Cifraria algunas expectativas en

la

protecci6n de los jesuitas,

cuyas noticias sobre el Peru le infundieron esperanzas en la prosperidad y el respeto que alli

le granjearia su trabajo. Y no dejaria de pensar en su encuentro con personajes que habia

conocido en Mexico; tales como el adusto oidor Pedro de Arteaga Mendiola, o el amistoso

visitador Alonso Fernandez de Bonilla, o el propio Virrey Martin Enriquez de Almansa, que

habia sido promovido al gobiemo del Peru

(26-V-1580)

y muy pronto emprenderia viaje

desde Acapulco

(9-XII-1580)

para asumir sus nuevas funciones. En verdad, tramontaba una

definitiva etapa de su vida, consagrada al dificil aprendizaje que se decanta en la experiencia

y, hasta su muerte, al ordenamiento legal y la cultura del Peru.

Corria el mes de enero de

1581

cuando arrib6 al Callao. lnmediatamente debi6

adelantarse hacia Lima para buscar un acomodo conveniente, mientras Pedro Pareja y Gaspar

de

Alma7.8n

quedaban encargados de cuidar el traslado de su preciosa carga. Recurri6 a los

jesuitas, en demanda de la ayuda esperada o prometida; y sin dificultad logr6 que en el Colegio

Maximo

de

San Pablo se le concediera una amplia estancia para la instalaci6n de su taller,

que desde entonces cont6 con la garantia de los PP. Jose de Acosta y Juan de Atienza, provin–

cial de la Compaiiia y rector del colegio respectivamente. A tftulo de prueba, y para satisfacer

a sus protectores, Antonio Ricardo debi6 hacer algunos trabajos menores como impresi6n de

grabados -con las efigies de Cristo, San Agustin, San Francisco o Santo Domingo-, que

podian ser ofrecidas como estampas, pequeftas cedulas que se daba a los fieles para constancia

de su asistencia a los actos del culto, y papeles circunstanciales. Pero no fue posible eludir

la

prohibici6n que por medio de una carta habia estipulado Felipe

II,

a

fin

de

impedir

que en

Lima

hubiese imprenta; y para neutralizar las objeciones e inconvenie!ltes que pudiesen

referirse a su condici6n de extranjero, Antonio Ricardo movi6 a Pedro Pareja para que se

presentase ante el cabildo de la ciudad y la Universidad Mayor de San Marcos y solicitase

que a su vez impetrasen del monarca la abrogaci6n de esa prohibici6n, y ademas elevase una

humilde invocaci6n rl propio Felipe

II.

Demas

esta decir que ambas instituciones acogieron favorablemente las instancias del

impresor, porque en el cumplimiento de sus funciones compulsaban dia a dia la necesidad de

un taller tipografico; y, sin mencionar la petici6n suscrita por Pedro Pareja, cada una elev6 al

Rey una stiplica,

para

que autorizase el funcionamiento del benefico establecimiento, aun con

las limitaciones que se juzgase oportuno fijarle. Segtln el Cabildo

(12-VIII-1581),

'1a

prohibici6n [se habia hecho] en tiempo que en este reino no era necesaria la dicha imprenta, y

ahora lo es, por haber en esta ciudad Universidad y los narurales parece que se van inclinando

a la vida politica, denuis de haber personas que se dan a las letras, y se darian nuis si hubiese

aparejo para imprimir algunos libros, que serian de aprovechamiento, a los naturales como a

otras personas". Y segU.n la Universidad Mayor de San Marcos

(13-VIIl-1581 ),

"la mudanza

de los tiempos y la necesidad que en ellos ocurre por abundancia de letras y ejercicio grande

que en ellas hay, con... la fundaci6n y dotaci6n de la Universidad y estudios deIla, ha mostrado

ser cosa

m.uy

necesaria que haya imprenta y maestros della, como las hay en la Nueva Espana,

para que se puedan imprimir algunos libros necesarios para los principiantes y otros actos y

conclusiones que de ordinario se tienen en

la

Universidad, y cartillas para los niiios, y

xxv