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1

La

idea basadriana de

la

y

E

as

adre caracterizaba la

promesa de la

en forma no muy acertada

como rm «elemento sicológico sutil» (15) que determinó la frmdación de la

República. No nos parece rma designación muy acertada, porque si se tratara

de rm elemento

psicológico

tendría rm carácter mermnente

y

mudadizo

que difícilmente pudo haber determinado

y

seguir determinando la vida

histórica peruana. Más bien podríamos denominarla como lo que Kant

llamaba rm

principio histórico regulativo.

Los principios regulativos son aquellos

que no son constitutivos, como las categorías, sino ideas que más bien

funcionan como directrices que no pueden ser satisfechas etnpíricmnente mmca.

Kant pensaba que no podemos tener rm saber teórico de la historia sino sólo

rm saber práctico a priori: concebir a la historia como sujeta a rm progreso

;

jurídico: se trata de rma idea regulativa de

la

razón jurídico-práctica . Con ello

la historia adquiere un sentido, pero que no depende de la providencia sino

que es obra del ser hll1llano. Esta idea no es rma fantasmagoría y posee rm

objeto inteligible pero trascendente -no así

trascendental,

o sea que

no

es rma

condición de posibilidad de la experiencia. Es decir que podemos aducir en

favor de ella rma serie de signos y sobre todo nuestros propios esfuerzos,

pero que en rigor no podemos probarla teóricamente. A semejanza del

progreso jurídico según Kant, la idea basadriana tiene también el estatuto de

rm principio histórico regulativo.

¿Cuáles son las fuentes en que se apoya el autor para sostener la idea de la

promesa? E as adre ofrece inicialmente rma determ:inación muy amplia de esta

idea: manifiesta que hubo en los hombres de la independencia «algo así

como rma angustia metafísica que se resolvió en la esperanza de que viviendo

libres cUlllplirían su destino colectivo» (15). Así entendida la promesa se dió

sin duda tanto en San Martín como en Bolívar, en Vidaurre y Luna Pizarro,

en Monteagudo y Sánchez Carrión, «por hondas que fueron sus divergencias,

en eso estuvieron de acuerdo»(16). Y aparece asimismo en el Acta de la

Independencia.

V

O.

Hüffe, Immanuel Kant. Barcelona: Herder, 1986: 228-229.

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