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que a causa del
csccs1vo
contrabando, ni la
nacfon
-
rli
el
erario
babian obtenido provecno
0
-algt.Uícrdc la
citada
lci,.
y
cpie la
CascatiHa
'>eguia en
la>dcpreciacion
intetior
y
este–
rior que
siempre; tuvo
a
liicn por·decreto
de 1/t-de
l\fa.rzo
de 842
nombrar comisarios
especiales para las
provincias
con
el
csclusivo
objeto de
celar
y
evitar
el
contrabando
del
:1rlículo.
Pnra
eslimu1ar
el
celo
y
vijilancia
de
tales
comisarios,
les asignó el
premio
de 5
ps.
por cada
quintal de
Q'úfo<t
<JUC
guiasen
de
lt:1s
provincias
a la
ciudad
de la Paz;
es
decir,
la cunrta parle del
producto
ele
Jos derechos sobre
el artículo
guiado.
Sin
<~mhargo
de
tan cuanl.iosos
premios,
de la coopera–
cion
de
los
gobernadores
y
correjidores
y
de
otras vigo-
1·osas
medidas que dictó el gobierno; los
comisarios espe–
ciales apenas
guiaron en
cuatro años 5751 quintales
de
Quina, cuyo producto neto a favor
del erario
solo
fué
de
68,865 ps.
«como consta
de
los libros
de la
Aduana de
la P;iz, siendo notorio que en
dichos
cuatro años
se ex–
portaron mas
de
~35,000
quintales
que
debieron
producir
t1l
crilrio
700,000))
c(cn
razon
de
derechos;
y
al
departa–
mento. la
enorme
~mna
de
3.500,000))
<<dando
solo
por
\'ernlida la Quina en Europa a razon de cien pesos quintal. >
Convencido el gobierno de la
insuliccncia
de medios
hasl:t
entonces adoptadas para evitar el conlt·¿1ban<lo, )' va–
lornr las
Quinas
en
el
interior )'
cstcrior
<.fo
la Rcuúhlica.
se
ocupó desde el aüo i3 de
arbitrar
y
consultar
oh~as
<¡uc
pusiesen
término a un
mal
que
todos conociau
y
de -
ploraban.
El
recurso de
un
Banco
que
monopolizase
el
articulo,
era el mandado por dos leyes
especiales,
Y''cl indicado por
todo el
departamento. Al
objeto
de
organizarlo )' oil'
el
dictamen de los
interesados
en este
negocio, reunió varias