REVOLUCIÓN DE INGLATERRA.
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:á
la resolución adoptada por los Comunes, fueron téc–
nicas
y
de pura forma.
y
las réplicas de la parte con–
traria fueron igualmente técnicas
y
de forma. So–
mers justificó el. empleo de la palabra abdicación, ci–
tando pasajes de Grocio
y
Brisson io, de Spigelio
y
'Bartolo. Cuando le retaron
á
que presentase autoridad
en favor de la proposición, que Inglaterra podía estar
sin soberano, presentó el pergamino del Parlamento
·de
131>9,
donde se establecía, expresamente, que la
dignidad real estuviera vacante durante el ínter alo
·Comprendido entre la ahdicación de Ricardo II
y
la
coronación de Enrique IV. Replicaron los Lores pre–
sentando el perg·amino del Parlamento del año pri–
mero de Eduardo IV, del cual resultaba que el acuer–
do
d~
1399
babia sido solemnemente anulado. Mante–
nlan, pues, que el precedente en que Somers se fun–
daba no era ya válido . Vino entonces 1reby al socorro
de Somers, y presentó el pergamino del Parlamento
del año primero de Enrique VII, que abolía la ley de
Eduardo IV, re. tablecicndo, por consecuencia, la va–
lidez del acuerdo de
1399.
Después de discutir algu–
nas horas, se separaron los contendientes
(1).
Reunié–
ronse los Lores en su cámara.
ai:Jíase que e taban
<.lispuestos
á
ceder, y que la conferencia había sido
mera fórmula. Les amigos de María babian advertido
que al ponerla en lucha con su esp0so habían incurri–
do en su desagrado . Algunos Lores que anteriormen–
te
habían votado por la regencia, determinaron au–
.seDtarse ó sostener la resolución de la Cámara baja.
Suopinión ,decían, no había cambiado; pero cualquier
gobierno era mejor que la anarquía, y el país no po–
dría soportar largo tiempo la agonía de la incertidum-
(1)
Véanse los
Diari os
de ambas Cámaras, dtl 6 de feb. de
1688·99,
y
la
Relación de la con{el'encia.