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E L

I M· P E

lt

I O

S O C I A L I S T A

t)

E

L O S

I N C A S

Como ·el inca ·era sobre todo muy g·eneroso para con sus

orejones, que

h~bitaban

en

su

mayor parte en el Cuzc.o, re–

sultaba de ello ·que la tierra .estaba tanto más individuali–

zada cuanto más

~se

aproximaba uno a la cápital.

~os

incas

no tenían, pues, ninguna simpatía particular por el colee–

tivismo agrario . ·

El sistema peruano, a la inversa del ..sistema platónico,

reserva;ba

~ei

derecho de propiedad a la

élite.

Es posible que la propiedad · pr ivada haya tenido ·otra

fuente. Entre los indios modernos, co17J,o 'entre los germanos,

el que desbroza una tierra inculta y no apropiada tiene el

derecho de gozar de ella a título privativo (1J. Pero esta .

constitución· de propiedad individual por vía de ocupación

ha debido ser ara n

el

er-41, donde faltaba el suelo culti-

habl

cte

l

la anota

111CJ....&.I

d l

los curacas,

t~~~:a18~~·

e

a

sistido, na'7'

turalmente, b

10

la dominaci n de est s so eranos.

La propiedad procedente d·e donaciones es .una perfecta

propiedad

ind~vidual;

pero s.e p:resenta

·~on.

cara;cteres es–

peciales ·que la distinguen d·e la propiedad

quirita~ia

d·el de–

r·echo romano, ya que no es absoluta. Es, sin ·embargo,

niuy

diferente a la propiedad co1ectiva:

~as

tierras que .son oblet.o

de ella son sustraídas a los

reparto~

-periódicos

y

transmitidas

a

los

descendi·entes del propietario.

Hay dos ·escollos. ·que evitar cuando S·e

~Xatrlina

la

his–

toria del derecho de propiedad en el P.erú; uno, el de querer

cap. 28.

De

OarU ah,tde a la nota que nosotros mencionamos en el texto,

y

el autor de la traducción francesa de sus

"Lettres américaines"

escrl'be

en nota: "Hemos desconocido siempre esta justicia en las operacJones de

servicio personal., (corvées). (T. I, p. 242, n. 1).

(1) Esmein,

ucours

élémentaire d'histoire du droit publi c f r ancai s"

Paris, 1921. 14.a ed., p . 42.

(2) Latcham, "La existencia de la propiedad", p. 39, n.

1.

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