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I M· P E
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I O
S O C I A L I S T A
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E
L O S
I N C A S
Como ·el inca ·era sobre todo muy g·eneroso para con sus
orejones, que
h~bitaban
en
su
mayor parte en el Cuzc.o, re–
sultaba de ello ·que la tierra .estaba tanto más individuali–
zada cuanto más
~se
aproximaba uno a la cápital.
~os
incas
no tenían, pues, ninguna simpatía particular por el colee–
tivismo agrario . ·
El sistema peruano, a la inversa del ..sistema platónico,
reserva;ba
~ei
derecho de propiedad a la
élite.
Es posible que la propiedad · pr ivada haya tenido ·otra
fuente. Entre los indios modernos, co17J,o 'entre los germanos,
el que desbroza una tierra inculta y no apropiada tiene el
derecho de gozar de ella a título privativo (1J. Pero esta .
constitución· de propiedad individual por vía de ocupación
ha debido ser ara n
el
er-41, donde faltaba el suelo culti-
habl
cte
l
la anota
111CJ....&.I
d l
los curacas,
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e
a
sistido, na'7'
turalmente, b
10
la dominaci n de est s so eranos.
La propiedad procedente d·e donaciones es .una perfecta
propiedad
ind~vidual;
pero s.e p:resenta
·~on.
cara;cteres es–
peciales ·que la distinguen d·e la propiedad
quirita~ia
d·el de–
r·echo romano, ya que no es absoluta. Es, sin ·embargo,
niuy
diferente a la propiedad co1ectiva:
~as
tierras que .son oblet.o
de ella son sustraídas a los
reparto~
-periódicos
y
transmitidas
a
los
descendi·entes del propietario.
Hay dos ·escollos. ·que evitar cuando S·e
~Xatrlina
la
his–
toria del derecho de propiedad en el P.erú; uno, el de querer
cap. 28.
De
OarU ah,tde a la nota que nosotros mencionamos en el texto,
y
el autor de la traducción francesa de sus
"Lettres américaines"
escrl'be
en nota: "Hemos desconocido siempre esta justicia en las operacJones de
servicio personal., (corvées). (T. I, p. 242, n. 1).
(1) Esmein,
ucours
élémentaire d'histoire du droit publi c f r ancai s"
Paris, 1921. 14.a ed., p . 42.
(2) Latcham, "La existencia de la propiedad", p. 39, n.
1.
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