Table of Contents Table of Contents
Previous Page  103 / 444 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 103 / 444 Next Page
Page Background

99

que luego se aplica sobre el "chupo" u.n poco de miel de abeja o

de caña.

El tratamiento popular en el Perú, según Cuadros, es un em–

plasto que se hace con enjundia de gallina y hojas de ''lengua de

vaca (Rumex patientia)" que allí llaman "romaza o

hua~ha''.

Dicha

planta contiene oxalatos, sales de hierro y magnesia y goza de propie–

dades refrescantes, depurativas y diuréticas, razón por la cual se la

emplea además par·a curar los "empeines", las erupciones cutáneas,

las arenillas, el "pacco"

y

la sarna. ·

EL DA¡q-0

Entiéndese por "daño" el conjunto de enfermedades o plagas

qu~

un agente o interm-ediario del d-emonio es capaz de provocar, valido.

de las malas artes, en los hombres, los animales

y

las plantas.

La hechicería,

l o

oagia

y

los embrujos corresponden a

~tas

artes y fu ron prohibidas ex r samen

is osiciones que

se encuentran e

las

'

rtida

ley I,

dice entre otras cos

eros e de

los sorteros e de los

de estor-

nudos o de pala ras

rtes, o ca-

1an en .agua o e

e ·

o a cosa !u-

ciente ; o fazen e

Y aunque má

ey 3

9 :

dice: ... E lo que fiziessen

encantamiento, o otras cosas con intención buena, assi como sacar de–

monios de los cuerpos de los omes o para desligar a los que fuessen

marido e muger. . . . . o para desatar nube, que echasse granito, o

niebla, por que non corrompiesse los frutos; o para mata langosta o

pulgón, que daña el pan, las viñas ..... non deue .auer pena" se colige

que estas artes, tan reglamentadas, servían a mezquinos intereses, a .

favor de la ignorancia y en desmedro de la salud y el bolsillo del

pueblo, ya que era difícil, por no decir imposible, establecer una clara

·y

categórica diferencia entre los pillos y .los ensalmadores o bien in–

tencionados. Llegó un momento en que, no obstante las pragmáticas

de los Reyes Católicos que permitían el ejercicio de ensalmador, fué

prohibido por las Constituciones Sinodales del Arzobispado de Toledo

y

del Obispado de Astorga, en mérito a los muchos

abuso~

que se

cometían.

''Era tan grande el número de brujos

y

hechiceros que al decir

de la gente encantaban y hacían daño, tanto sobre la salud de los