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FOLKLORE Y APUNTES PARA LA SOCIOLOGIA INDIGENA
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El examen minucioso y su aspect-0 legal hemos hecho en un estudio
universita rio, el cual tué publicado P-Or cuenta de la Facultad de Derecho
de la Universidad de Sa n Marcos de Lima, denominado "Organización de
la Propiedad Rural en la Sierra", trabajo escrito posteriormente al presen·
te bosquejo.
LAS LEYES EN MATERIA INDIGENA Y SU CRITICA
Estudiaremos
en
orden cronológico:
DECRETO BOLIVARIANO
1
El d·ecreto dictatorial sobre
ven.tay
11epa11tición de las tierras en be·
neficio de los inidios de fecha, abril
8
de
1824,
da.dopor Simón Bolívar y
autorizado por el entone-es ,Secretario -Oe Estado José S anchez Carrión,
consta de ocho artículos.
n el primero se dispuso que se vendan los te–
rrenos del Estado en menos de Ja tercera parte del valor de su tasación;
igualmen te que los sobrantes de los terrenos después de hecho el reparto
de las Comunidades a que se hace referencia en el Art. III, según el que.
también, eran vendibles las ·haciendas que P-Or ley .pertenezcan al Estado.
Se daba preferencia 1para la vent¡:i. a los poseedores, arrendatari-0s y preca–
ritas (Art. III, VI, VIII). Pero no eran suceptibles de yenta las tierras per·
tenecientes a los indios, y por el contrario, se Jes declaraba dueños abso·
lutos de dichos terrenos, con los derechos inherentes al dominio (Art. II).
Para las referi<las reparticiones er;i. menester mensur.a
'Previa, según las
circunstancias locales 1de cada provincia, deslindando debidamente, los te·
rrenos que hayan sido USUl"Pados (Art. V).
.
La repartición de las Comunidades debían hacerse entre sus poseedo·
r es, para lo que debía tenerse en cuenta el estado eivil del por.cionista•.
dá ndose más al casado que al soltero; pero con · Ja restricción de que nin·
gún indio se quede sin te-rreno ; y · para repartirles era' menester que no
gozasen d e ninguna suerte de terrenos, (Art. III) . Para vigilar
y
hacer
eficazmen te las ventas
y
repartimientos, idebía nombrarse visitadores en to·
das las provincias del Perú libre, a fin de que se haga con "exactitud, im·
pa rcialidad y justicia" .