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M. JULIO DELGADO
A.
Sin embargo, dentro de este aillo, los indios entre si, hacen enagenaciones
de la parcela poseída.
Decimos que es un
transición de la familiar a
la
individual, por·
que actualmente los muchachos tratan a los indios <le la coma1· a, "tiyoy",
"a_puchay", que significa
tío
mío, mi abuelo. Están probadas, por la Filoso·
fía de las Lenguas, que las expresiones pervivientes corresponden a
la
r ealidad• de un hecho. Esto es, que los aillos -
para nosotros -
son la
extensión ·de un grupo familiar. En resumen, es una hlomestead sui generi .
Así como hay par.celas conocidas para cada familia, eXisten actual·
mente los hechaderos, los cerros y pampas, que son de uso colectivo del
respectiv<> aiillo.
De mod<> que, hay dos clases de tierras de ntro de un aillo: una de pro·
piedad individual con caracteres de la homeasted y otra de uso -colectivo.
Muy ip.ocos
indios, en estas ventas que se hacen entre sf, rt>curreu
a la solemnidaid de la escritura pública, les basta ir donde el Gobernador
o donde el Juez de Paz -
c uyas funciones para ellos son seruejantes -
aquél o éste, int-erviene en la contratación
y
es suficiente para que los
inddos respeten.
Sigu.iendo la tesis del doctor Manuel Vicente Villarán, Catedrático
de
la Universidaid
de San Marcos,
en su trabajo
titulado
"Condl·
ción legal .de las Comunidades
Indígenas"
(19017),
la Comisión Reforma·
dora .del Código Ctvil 1.rata de conYertir esas parcelas que tienen el ca·
ráctér de homeast d e'n propieda.des individuales absoluta4il, previa apro·
ba ción del Go.bierno. La Comisión en su anteproyecto, no distingue las d·os
clases de tierras específicamente diferenciaidas; y es que nadie ha cstud4ado
el! su
realida<i,
este
fenómeno,
con
excepción
de pocos.
Si bien,
preconiza;rno.s que se les defienda a los indios de posibles abusos, no es·
tamos de acuerdo de que se centralice esa protección en Lima, cuando
los más aptos para ésta serían los Patronatos Indígenas, por estar más
cercanos a
los indios y además porque esa auW·rización demandaría In·
gentes sumas a las indios, que son por lo general carentes de fortuna.
No existen los repart<>s periódicos a que bacía referencia el Dr. VI·
liarán.
Las conclusiones sentaida·s en su tesis de bachillerato, el Dr. Cosfo ha
piodifica•<ló.,
seg.únnos dijo, en estos últimos años sobre las tres clases de
propiedades
y
opina
q.ueno se tienda ha·cia la propiedad individual.
Nosotros,
cree
mos que en
un lugar
de destruir
esa realidad, se
fortalezca más bien hacia un espíritu más amplio de socialización de
la
tierra, para que un futuro-que. ha de ser ineludible-encuentre el terreno
preparado.
Los indios, que viven fuera de las Comuñidades Indígenas o sean los
que habitan en las poblaciones,
tienen el mismo sistema que
Ja
pro·
piedad entre nosotros.