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M. JULIO DELGADO

A.

Sin embargo, dentro de este aillo, los indios entre si, hacen enagenaciones

de la parcela poseída.

Decimos que es un

transición de la familiar a

la

individual, por·

que actualmente los muchachos tratan a los indios <le la coma1· a, "tiyoy",

"a_puchay", que significa

tío

mío, mi abuelo. Están probadas, por la Filoso·

fía de las Lenguas, que las expresiones pervivientes corresponden a

la

r ealidad• de un hecho. Esto es, que los aillos -

para nosotros -

son la

extensión ·de un grupo familiar. En resumen, es una hlomestead sui generi .

Así como hay par.celas conocidas para cada familia, eXisten actual·

mente los hechaderos, los cerros y pampas, que son de uso colectivo del

respectiv<> aiillo.

De mod<> que, hay dos clases de tierras de ntro de un aillo: una de pro·

piedad individual con caracteres de la homeasted y otra de uso -colectivo.

Muy ip.ocos

indios, en estas ventas que se hacen entre sf, rt>curreu

a la solemnidaid de la escritura pública, les basta ir donde el Gobernador

o donde el Juez de Paz -

c uyas funciones para ellos son seruejantes -

aquél o éste, int-erviene en la contratación

y

es suficiente para que los

inddos respeten.

Sigu.iendo la tesis del doctor Manuel Vicente Villarán, Catedrático

de

la Universidaid

de San Marcos,

en su trabajo

titulado

"Condl·

ción legal .de las Comunidades

Indígenas"

(19017),

la Comisión Reforma·

dora .del Código Ctvil 1.rata de conYertir esas parcelas que tienen el ca·

ráctér de homeast d e'n propieda.des individuales absoluta4il, previa apro·

ba ción del Go.bierno. La Comisión en su anteproyecto, no distingue las d·os

clases de tierras específicamente diferenciaidas; y es que nadie ha cstud4ado

el! su

realida<i,

este

fenómeno,

con

excepción

de pocos.

Si bien,

preconiza;rno.s que se les defienda a los indios de posibles abusos, no es·

tamos de acuerdo de que se centralice esa protección en Lima, cuando

los más aptos para ésta serían los Patronatos Indígenas, por estar más

cercanos a

los indios y además porque esa auW·rización demandaría In·

gentes sumas a las indios, que son por lo general carentes de fortuna.

No existen los repart<>s periódicos a que bacía referencia el Dr. VI·

liarán.

Las conclusiones sentaida·s en su tesis de bachillerato, el Dr. Cosfo ha

piodifica•<ló.,

seg.ún

nos dijo, en estos últimos años sobre las tres clases de

propiedades

y

opina

q.ue

no se tienda ha·cia la propiedad individual.

Nosotros,

cree

mos q

ue en

un lugar

de destruir

esa realidad, se

fortalezca más bien hacia un espíritu más amplio de socialización de

la

tierra, para que un futuro-que. ha de ser ineludible-encuentre el terreno

preparado.

Los indios, que viven fuera de las Comuñidades Indígenas o sean los

que habitan en las poblaciones,

tienen el mismo sistema que

Ja

pro·

piedad entre nosotros.