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de las órdenes, dispusieron los prelados del Tercer Concilio Provin–
cia"! celebrado en Lima en
1583,
que se hiciese un catecismo para las
diá<!esis sufragáneas del Arzobispado (75), como el único que ha–
bía de .regir en el
Virreina.to, imprimiéndose en el Perú para ma–
yor comodidad en castellano, conjuntamente con sus traducciones al
quechua y al aymará. Para la adopción de tales medidas bastó
ia
vo–
luntad de los prelados, pero el derecho de patronato obligó al Arzo–
bispo Santo Toribio Alfonso Mogrovejo a solicitar de su Magestad el
Rey la aprobación de los decretos del concilio y un permiso especial
para la impresión del catecismo en tres lenguas (76) .
La Audiencia de Charcas recibió cédula acerca de este impor–
tante asunto, y en
1'583
y
1584
escribía al Rey manifestándole haber
instituído una cátedra en la ciudad de La Plata para la enseñanza de
la lengua general, encomendándola al Maestro Barzana, de la Compa–
ñía de Jesús: "persona de buenas letras y de gran exemp1o y doctrina
y
diestro en las lenguas en que los naturales nascen
y
se crian que los
nombres de ella son la general quichua aymara y puquina y demás
de esto se entiende de su persona grande entereca de que no aprovara
a quien no fuere idoneo
y
sufic"ente en la lengua general conforme
a la doctrina a la qw
e opusiere ..... " (77).
Aquí se distingu
el deseo de las autoridades de interpretar
la voluntad del Rey
entro de la mayor perfección, obligando a los
doctrineros a saJber la lengua, ya no general, sino regional de los indios
entre los cuales pretendfa-n un beneficio. El aymará y la puquina ve–
nían a ser tan necesarios como ·el quechua para
e~tensas
regiones
de'l Virreinato y, especialmente, el distrito que correspondía a la Au–
diencia de Charcas. Así es como manifestaban los oidores de ese tri-
(75) Para todo lo referente al Tercer Concilio
Limense, sus autos y dicho catecismo, véase "Or–
ganización de la Iglesia'', Tomo 1, página 171
y Tomo II, pág.
154
(Véase también el prÓ·
logo del Tomo
l.
" Santo Toribio Mogrovejo",
por Roberto Levillier).
(;6) La autorización fué acordada
y,
sin du·
da dió motivo al establecimiento de la impren·
ta en Lima. Apareció en 1584 el "Catecismo. Y
Doctrina Cristiana en
los
idiomas castellano,
quechua
y
aymará"; y en 1585, el "Confessiona·
rio para los Curas de Indias. Compuesto y tra·
ducido en las lenguas quichua y aymará". En
el mismo año, Antonio Ri cardo
imprimió el
" Tercero cathecismo y Exposición de la Doc·
trina Christiana por sermones." En 1586, igua·I·
mente editado en Lima, se publicó el " Arte y
Vocabulario en la lengua general del Perú lla·
mada quichua y en
la
lengua española" . En
1598, con aprobación del Arzobispo de los Re–
yes y Obispos del Cuzco y del
'l'ucumán, fué
impreso en Lima por el Padre Fray Luis Ge–
rónimo de Oré, de la Orden de San Francisc'J,
el "-Syi;nbolo Catholico Indiano" con el "Orden
de enseñarles la doctrina Christiana en las dos
lenguas generales, quichua
y
aymará". En los
siglos siguientes
los estudios crecieron,
co11·
centrándose por la misma facilidad de consulta
bibliográfica, en las lenguas quechua y aymará.
(77) Véase "Audiencia de Charcas", B. C.
A. Tomo Il, página 64.