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11

poder no 8er bastante el proee@IO

~e

anulare,

y_

fuere dado por ningun valor, sea condenado el

abogado en las costas y daños c ...

aus~dos.

Las

acciones

sP.an

reales personales o nnstas, están

inherentes

á

la persona

a

quien perten-ecen,

y

forman parte de su patrimonio. Cualquier otro

que intente ejercitarlas carece de interés, y no

puede haaer convenciones, ni exitar el oficio

del juez, porque lo escluyen los dos presupues·

tos, 6 exepciones mas poderosas que impiden

entrar en juicio, cuales son

,_,8ine actione agis:

.

Quod ad te autem actionet libera cede8 kabeo."

Sobre estos principios jira Ir.. regla ya in·

dicada de hallarse incapacitado un estrano pa–

ra demandar á otro enjuicio, sin consentimien..

to y poder del principal á quien pertenece la

_accion, y el interes que solicita. Los autos acor·

dad os

7.

o , 20, 30, y 32 del tit.

17

libro 2. o

disponen que, los escribanos de cámara en ade–

.lante no admitan, ni den cuenta de peticion al

consejo, sin que se presente

~on

ella poder bas–

tante como está mandado,

.y

lo cumplan pena

de .50 ducados. Si pues

e.to

es de tal modo

cierto en los juicios,

qu~

los juzgados de

l. ""

instancia, corte superior, y demás tribuna·

les nacionales, no dan entrada

á

ninguno que

intenta gestionar á nombre de otro, sin estar

investido de un poder legal; si en las

materi~

contenciosas, la exepcion de impersoneria sus-

.pende el exitode la demanda

ipsoJure,

aunque

se proteste y ofrezca la ratihabicion del princi–

pal. ¿Que deberémos concebir de lo que se

. ha hecho por Guerrero sin poderes especiales?

Si este los tuvo para pleytos, cobranzas y com–

promiso&,

y

no para trocar, traspasar,

y

vender·