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padres; si
á
no ser asi, el oriente
y
occidente hubieran
que•
dado rejidos por los decretos de los concilios jenerales;· ·e vi–
tarian disputas sostenidas por centenares de años con grande
detrimento espiritual. Fue lo contrario; en el siglo VI tuvie–
rnn sus cód rgo · particulares los Galias
y
la E paña: la Afri–
ca su sínodo
esto. No se conviene esa divi ·ion con el ca–
tolici_mo. La nece idad imperaba por un código de leyes uni–
versaies. No lo hubo: lnocencio
l.
0
no reconl)cia mas, que
el concilio Niceno,
in~orporados
los canones del Sardicense (.]
Despues se admitieron
y
pusieron en lengua latina los del Cal–
cedonense. Con ellos fueron aprobados los del Constanti110-
p11lita110, con ecepcion de lo que correspondia
a
Ja prerroga–
tiva de la Iglesia de Constantinopla. Nada de esto compo–
nia un código. La Iglesia de Roma <1ue debía darlo, reunien–
~o
.e.n sí t\,das las Iglesias, elijió por entonces lo mas por–
Jud1c1al segun se ha spuesto.
RECONOCIENDO el resultado indispensable de la confusion
Y.con el deseo de estirpar los abusos, se dieron á luz cinco col c–
c10nes de las decretales.
No econo
i· o
is abor s, cua
o
las oolltemplo utiles.
Es menester
i ·
1
ui
á
la
j
iven ud s bre las que antecedie–
ron
a
las de Gregorio 9. o
E
ellas de en eu11ninar los pun–
tos de dife rencia en tre aque llas
y
estas. Es muy
sensible,
que no r espl
dezc
1
e:xactit 1d
lieuos de tanto momento.
FUE
la
r imera
a de Bemardo Cfr a,
<:
empuesta de las
decretales que v-agaban fuera del decreto <le Graciano,
y
se–
ñala~~raente
las de Alejandro 3.
0
,
sus decretos
y
los de los
c:onc1hos Lateranense
y
T uronense
3ros.
celebrad••Sen su Pon–
tificado-Esta obra l<t
coordino el sáb10 Antonio Agustino, po–
niendole titulos, capítulos
y
numeros.
APARECIÓ á los doce añus la de Joan Galense, que con–
tenia lo umitido por Circa,
y
ántcs pl)r Graciano
y
algunas
decretal s de Cele tino 3.
0
-Van-Spen dice que esta colec–
cion
fué
mas prolij a. La anotaron varios sábios.
I ocENCIO III hizo recopilar sus <lecretales vor Pedro Be–
neventu, y las remitió
á
los maestros y escolares de Bono–
nia. Esta coleccion
y
la antecedente las publicó Antonio Agus–
tino.
A los cinco años se dio
á
luz uoa cuarta coleccion que
era compue to de muchos decretos del mismo lnucencio
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[.J
Som.
l
c.
26.