moderna (]?._eal Jurijprudencia.
e
J
65
tercero dia a lo fumo ' íe ha de poner la acuíacion
;¡
los reos , íobre lo que individualmente reínlte
cot~tra
cada uno ,
y
que en el miímo di:t en que fe puíieíe la
:~cu íacion ,
fe les dé rraslado , recibiendo en
el
proprio
Auto la caufa a prueba por ocho dias comunes , con to–
dos cargos, que no podran prorrogarfe íino por
cauí:~s
cípeciales ,
y
entonces íin exceder de un mes.
1
56
En
el
íeptimo : Qge incontinenti que fe
f.lo–·tifique
el
traslado
á
los reos , ha de correr
el
termino
<de prueba '
y
dentro de el '
íin que lo puedan renun–
'ciar , fe han de ratificar con fu citacion los reUigos de
,J.a
fumaria ,
y
aun los coho-reos , en lo que ror fus·de–
daraciones ,
y
confef~iones
reíulte contra otros : fe ale–
gara'
y
probará de parte
a
parte lo que les conviniere,
con .reciproca ciracion ,. prefc::ntando in(errogatorio ;
y
1
en el caío de no rener Procuradores eípc€iales ,
o
Cu–
'radores , fe han de énrender. las notificaciones , trasla-.
dos ,
y
citaciones con los mifmos reos.
157
En
el
oétavo: <l!!e
'<11
dia ftguiente defpues
.-'leconclui.rfe
el
termino de prueba , fe llamen los Au–
t:os para Sentencia, con ciracion de bs Panes,
y
fe ha
'de pronuilciar con acuerdo de Afefor , íin que fe pafen
tres dias : declarando , en
c:~ío
de efiar juíl:ifica..!o d
fraude ; por bien hecho el comifo ,
y
haciendo las de–
Jnas condenaciones ,
y
aplicaciones , que mas
adel:~nte
quedarán arregladas ; con la prevencion de que defde
luego que fe hizo la apreheníion , fe ha de dar noticia
al Superintendente General de la Real Hacienda, por
íi
•fegun fus circun{bncias tuviere por oportuna la advoca-
cion de los Autos ,
Ó
el hacer alguna prevencion al SuD-<
~elegado
)
correfp.ondieote
a
la me¿or direccion..
<
Cau-