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C
fR_eportorÍo uni1JerJa f de ltt
:í
la caufa impuHiva , y particular , que movió ;{ conce–
der el fuero , porque la utilidad publica prefiere ;{ la fin-.
guiar: conforme
a
la Real Cedula , expedida en San Ilde–
phonfo en
x
8. de Agofio de
I
7
6
3. donde fe declara
,quanro baxo de
efre numero fe
e.xprefa ,
y·
el
fi.~
guiente.
I I I
COMPETENCIAS. Para evitar las que en lo
fuceíivo pudieran ocurrir , teniendo prefenre el Rey
nuef~
tro Señor los lances acaecidos en los Tribunales de Ma–
llorca año de
I
7
52.
de Canarias ,
y
de la Inquiíicion de
Corte , con la Sala de Señores Alcaldes de Madrid ,
fo""'
bre
íi
debían
o
no, precifar en fus cafos los de la Inqui–
íicion
á
los Efcribanos Publicas , que como tales aél:uan
en los Juzgados de la Jurifdicion Real Ordinaria ,
á
que
pafafen
á
hacer relacion de los Procefos , al Tribunal de
/
la lnquificion
>
re[olvió ,
y
declaro
S.
M . que la refolu..,
don de
2 2.
de Diciembre de "k7 5
2.
en que fe providen....
ció, que Jos Secretarios del J uzgado Civil de la lnquí–
ficion de Mallorca debían dar las Copias , y Tefrimonios
7
que fe les mandafe por la Real Audiencia de las caufas
pendientes ante ellos , que motivafen Competencias ,. refJ
peél:o de no fer efros Teíl:imonios para tomar conocimien...
to en ellas , y sí para iníl:ruir el animo de los Minillros,
·á
fin de deliberar , (obre íi procede,
o
no la Competencia,.
executandofe lo mifmo por la Audiencia , y
fus EfcribaJ
nos , quando por
el
Tribunal de la Inquiíicion fe les piJ
diefe tales Tefrimonios ; mediante fer muy conforme
<~
la buena .harmonía , que debe haver entre ambos , y
16.
contrario muy perjudicial
á
los Tribunales, fe obfeve e11.
todos los de la Corona de Efpaña , abftcniendofe los de la
Inquiúcion en
~~ ab~fo
de mandar
á
los Efcribanos de:
loli