modernati\ea!Juríjprudenéi'a.
·-e
14·~
j\poíl:olica,
ó
otra qualquiera firmeza, aunque inmemoria•
les ,
a
todas hs qua!es,
y
cada una de todas , aunque fe
hu~
viefe de hacer efpecial) efpecifica)
e
individual mencion,
i1
otra qualquiera expreíion de ellas ,
y
de todos fus con–
tenidos ,
ó
fe huviefe de aguardar para efro alguna otra
exquifita forma , teniendo fus
tenores por exprefados
en las prefentes , nada cmlrido ,
y
guardada en
todo
la forma prevenida en ellos , como íi fuefen
inferros
palabra por palabra en las miÍ111as prefentes , con Ja
plenitud de la poteíl:ad Apofrolica , derogo
fi.1
Santi–
dad ,
y
quifo que fe derogafe latiíima , efpecial, ple–
nifima ,
y
exprefamente , para efeél:o de todas ,
y
ca–
da una de las cofas fobredichas , como tambien
á
to–
das ,
y
cada una de las que en las mlfmas prefentes
Jevras arrillla exprefadas ,
y
Jas que en otras fe expi–
dieren [obre la ratificacion del referido iTratado,
y
De-.
creta .•
1 0 1
N o obl1ante, como ni las
demas qualefquie–
ra , declarando ultimamente fu Santidad_, que
a
nin–
guno de los hombres fea licito quebrantar eíl:a pagina
de Refervacion , Conceíion ,
Indulto , Subrogacion,
Dedaracion , Aplicacion , facultad de difrribucion ,
EC–
tamro, D ecreto, Voluntad,
y
Derogacion, fin contra–
venir
a
ella ;
y
que
{i
alguno prefumiere atentar
á
efto, fepa., que ha de incurrir en la indignacion de Dios.
Omnipotente ,
y
de los Bienaventurados Pedro ,
y
Pa-
blo fus Apofroles.
-
1 0 2
Y
haviendofe hecho
pr~fente
á
fu Santidad pof–
tetiormente , que Mon-Señor Enrique , Arzobifpo de
Nacianzo, fu Nuncio Ordinario en efros Re ynos , aun–
que havia executado las-
~rdenes,
que fe
le
havian co-
mu-