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e .
rJ\tp'ortorio un i'lJerfal de la
n'lunicado con ocafion del Concordato , no havia íido
en el mifmo modo,
y
forma que fe
le
havian cometi–
do ;
y
afimiGno , que fe havian conducido fin aquel ob–
f-cquio ,
y
revorencia que convenia ,
y
fe dcbia
~
fu Ma–
g eíl:ad en la direccion de Cartas circulares
á
los
Arzo–
bifpos , Obifpos,
y
otros Prelados Ec!eíiaíl:icos , por las
quales , para exortarlos
á
la pronta,
y
entera execucion
del mifmo Concordato , hacia f.-¡ber ,
y
explicaba
a
los
exprefados Arzobi[pos,
y
Prelados la inteligencia de
algunos r.apitulos del referido Concordato , no íin algu–
na equivocacion, confuúon ,
y
redundancia,
y
de mo–
do nada correfpondienre ,
y
conforme
a
las reciprocas
intenciones de ambas Cortes : Por tanto, para ocurrir
con remedio oportuno , que corte todos los inconve–
nientes , que acafo podían refulrar de las Cartas
circn~
lares del referido Mon-Señor Nuncio Henrique. ·
103
Declaro fu Santidad., que nunca fue fu
vo..:
Juntad apartarfe ni aun en la
rn;ls
minima
part~
de lo
que fe havia convenido en el mlfinQ Concordato :
Y
eíl:ablecio , no folo que fe guardafe fiel ,
y
perpe~
tuamente todo quanto
á
filVor de fu Mageftad ,
y
'uti–
lidad de la Nacion Efpañola fue concedido , declarado, •
y
cedido , firw es que para mayor prueba de la be–
nigaidJd Apoíl:olica con que atendía fus grandes me-,
titos
:~cía
la Religion Catolica.
104
Declaró afsimifino , que aquellos que en ade–
lante fueren elegidos ,
y
proviíl:os en las Prebendas
M:~giíl:rales
·, Doél:orales , L eél:OL'ales ,
y
Penitenciarias,
llamadas· de Oficio , que acoíl:umbran conferir por O po–
íicion,
y
Concur(o los Prelados , Canonigos ,
y
Ca–
bildos , no necefitau
9.uefe les expidan Bulas bajo
del