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-

'27-

."

1f

pintura

q'Ul

Llorent~

y

otros escritores han l.eclw

fk

los autos

fk

ea

falsa,

porque por fortuna tales cuadros son "meramente fantásticos" (plij.

88); porque es falso que se quemasen los huesos de los que habían fenecido,

y

porque es "de todo punto fal<><fque los sacerdotes de

la

Inquisicion con–

-dena.~en

a ningun reo"

(pá.j."

94.)

9.

a

Son enteramente erróneos los cálculos

de

Llormte,

secretario de

la

In–

quisicion, sobre el número de víctimas que Torquemada

y

SU.!l

sucesores que–

maron o castigaron con

otr~

penas.

El

autor rehace todas las operaciones

aritméticas

y

los datos que han servido a las terribles demostraciones del

mas

célebre de los historiadores del Santo Oficio;

y

a.

este solo capitulo con–

sagra

el

señor Saavedra ocho de

sus

nutridas pájinas.

1O.

Es cierto que hubo brujos, ltechiceros,

etc.,

y por consiguiente merecieron

, ser quemados.

11.

Es falso que la Inquisicion -sirviese de rf.rrwra

al adela1tÚJdelaacien–

cias

y

de

lq.s

letras,

como que en el tiempo de su mayor severidad florecieron

Cervantes, Lope de

Ve.ga

, Calderon,

·frai

Luis de Leon,

Solis, Pulgar,

Santa

Teresa,

Zurita

y

el historiador

Mariana,

punto que ya dejamos lijeramente

debatido.

12.

La

InquÍ8Ú:i<Jn no

abatió

el

patrietW!t.

de

lol española,

sino que le

dió unidad

y

consistencia, segun observa Capefigue.

13. El

Sambenito

no unponia deshonra a los penitenciados.

14.

La

Inquúicion

no

jué

instrumento

de

de~ti8'Tiw

pará

los

reves d

España,

y

en

p~eba

de ello cita

el

caso recordado por Balmes de una recon,

vencion hecha por

la

Inquisicion a un fraile qlle había predicado en presen-.

cía de Felipe TI, ponderando el derecho absoluto de los monarcas sobre

wa

súbditos. (1)

menudenciaa no hacemos disputa.,

y

pueda tener en ello razen .el señor

Saa.~

y

LJo.

rente (a quien de prop6sito no hem011leido.) Nos contentamos,

pues,

con reproducir la

proln"bicion de Felipe

TI

(que es la lei

35,

t.

J.

o, lb.

6

del

Oódigo de Indias)

en que,

si

es

eierto que inhibía a la Inquisicion del conocimiento de la idolatría de

1011

indios (que

ha–

ber sido de otra suerte no habrían dejado aquellos uno vivo), era solo para entregarlo& a

otros

castigos

y

a otros

jueces.

aquí

la.

lei:

"Por estar prohibido a los inquisidores apost61.icos el proceder contra indios,

compde

en

caati.go

a

lot

ordinarios edesiásticos,

y

deben ser obedecidos

y

cumplidos sus

manda

miento&;

y

contra los

heihicertJB,

que

matan con hechiz08,

y

usos de

otros

maleficios, pro

cederán

nuestrll8jui!ticia.8

reales."

Por qué ent6nces los inquisidores quem&ba.n a los hechiceros! iSerian porque nunca

fueron inatrumentos del poder

eivilf)

(l); Como una contra-prueba de esta ennmeracion puramente

te&rica

de los argumen·

tos

en

pro

de la Inquisicion, léase en

las

PitzmJ

ju.&tij¡:atit:a~

que &eompañan

este

opúscul&

-el

~estra.cto

del

I>irecto1io

de

I rnzuisídort3,

en qne todos estos puntos

están

tratados

prk–

ticaments.