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LA INQUISICION DE LIMA

les torpezas y subciedades, actos torpes, pláticas desho–

nestas y carnalidades duraron como

~os

años, porque lue–

go quel reo vino a esta ciudad, comen9ó de confesarla

y luego se aclaró con ella solicitándola en el confisionario,

diziéndola que la queria ver·e yr a merendar a su casa e a

oyrla tañer en el clavicordio, como lo hizo, y siempre la

confesó miéntras estuvo en esta ciuclad-yten, confiesa el

rreo que hablando del edicto del Sancto Officio y breve

ele su Santidad concedido contra los confesores que soli–

citan a sus hijas de confesion, a dicho que no sabia quan

justificado estava el dicho edicto en los casos que subce–

dian cerca de la confesion. Asimesmo le haze cargo el fis–

cal de un quaderno de quarto de pliego, escripto de su .

propia letra, en el qual habla y apunta cosas muy graves

contra su magestad, contra los obispos y prelados de la

yglesia, contra los estados religiosos y contra su propia

Orden y religión, contra el virey e audiencias, y dize el

fiscal que todo es con yntento de desacreditar e ynfamar

el gobierno espiritual y tempo'ral que ay al presente en

estos rreynos para alterarlos y levantarlos

13 •

13. Es mui digno de notar aquí lo que don Francisco de Toledo es–

cribia con este motivo al Rei, en carta de 27 de noviembre de 1579.

(Archivo de Indias,

70.

J.

30):

((Abia cerca de un año que los Inquisidores prendieron al maestro

Luis I_jopez, clérigo de Compañia del nombre de Jesus, que vino con

los primeros que de esta horden V.

l\'L

mandó venir a estas provincias

doce años ha y de los que mas opinion y crédito tenia entrellos, y con

los demas papeles que le tomaron se halló un cuaderno de su propia

letra en que estaba escrito el memorial de capítulos que con esta será

autorizado del secretario del Sancto Officio, contra el derecho que V.

M. tiene a este estado de las Indias y govierno destas provincias, que

V. M. allá y sus ministros acá tenemos, el cual habiéndose vist.o por los

Inqui~idores

y eutendido tocar a V.

M.

y al derecho y govierno destos

reynos y el daño que sembrar y persuadii· semejantes opiniones suele

causar en esta tiena tan amiga de novedades, me dieron noticia dello

para que yo la diese a V. M. y se previniese lo qGe fuese necesario y

conbiniese, por el cual V. M. mandará ver la libertad con que algunos

destos tratan las cosas de vuestro real servicio y la ambicion y sober–

via de que siempre me pareeió tener alguna parte este clérigo, con que

queria meter la mano y tratar de vuestros reales derechos y de lo que

ni está a su cargo ni deben tratar ni meterse

y,

como fué muy acertado

el mandarme V.

J\1.

en mis instrucciones que fuese mirando bien como

procedían estos padres y que hasta estar enterado ,dello se les fuese a la

mano en el estenderse

y

fundar

muchas

casas».

. ·