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E:'{ LAS ISLAS FILIPINAS

gg

.de México, «mayormente cuando todo lo actuado de

la fuga, no tiene substancia, y en e'l modo sólo con

que dicen

lo

presumen, se reconoce estaba ageno de

hacerla, y que actuó sobre esto para con tan mal

pretexto ejecutar la prisión premeditada.>>

r

«Pruébase más que fué liga

y

conjuración, porque

todo se comunicó

y

dispuso con los oidores y fiscal,

y

que juntos todos conYinieron en que el comisario

lo ejecutase con la mano del Santo Oficio,

y

es ve–

rosímil, porque los oidores D. Francisco ele Monte–

mayor

y

Mancilla

y

D. Juan Manuel ele la Peíia Bo-

.nifaz son consultores,

y

llamándolos el comisario

para consultar el negocio, se excusaron decir su pa–

recer por escripto, elc.tndo razón para no hacerlo en

dicha forma no era bien pareciese su sentir contra

.su presidente,

y

asi

in voce

lo dijeron. Ejecútase la

prisión,

y

se halla así en este Tribunal por testimo–

nio dado por el notario de esto Santo Oficio, con que

se convipo en llamar al deán Poblete, hombre ele

pocas letras,

y

á

~lanuel

SLlárez ele OliYera, abogado

portugués

y

testificado ante él del crimen ele judaís–

mo ...

y

coi1 e

to)

de por si con cada uno consultó Ja

causa,

y

siendo Olivera de la cualidad dicha

y

ene–

migo de D. Diego, porque le había quilado doce mil

pesos, no elijo más que los autos illdiciaban á D. Die–

go de sospechoso en la fe

y

fuga,

y

qne le parecia

concurrían los tres casos de la instrncción, siu decir

sontla que poclía prenderlo,

y

lo mismo el Deán,

y

.aunque el comisario dice que intervino el Ordinario,

no consta do su voto.

1.

Carta de Ortega de

r8

de Enero de 1671.