EN LAS
ISLAS·
FILipi~
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mnchos que la desvanezcan y hagan incierta.»r
«Tienen los testigos por poco just.ifleada la prisión,
decía un funcionario de la Inquisición General, por–
que diciendo que se hizo en sospechas de que qu.i–
sicra ha.cer fuga para Holanda, se decía que la
información sobre este punto se había hecho después
de la prisión, y en esto hay testigos de oídas al
mismo Comisario, que tocándole el puncto de si pudo
prenderle con orden de la Suprema, ó justificando
peligro en la. tardanza, respondió el Comisario, ha–
biéndose demudado: «ahora lo ajustaremos,
y
tocio
irá bien á Espafla, y veremos como se toma esto
allá, qne ya está hecho;» de que inflere el testigo
que después de preso se hacia la información de
fuga., ó otra semejante, con la. fecha ele antes para
subsanar el haberle preso, si no fué de orden su pe–
rior.
Y
que antes bien, esta sospecha se de.svanecia
con muchas circunstancias>> ...
2
Oigase ahora la opinión del Tribunal sobre este
punto, después de citar y rebatir lo alegado por el
comisario: «y dello parece no se puede formar jui–
cio prudente para temer se huyese ...
Y
con lo pro–
puesto q,ueda convencido el que para dar alguna
sombra á su apasionado proceder, buscó y dispuso
el pretextado moti
Yo, nosiendo alguno, sino sólo
liga
y
conjuración
forja.da..>>3
·
«~fas,
como_el
~omisa.rio
discurrüi y obralla con
1.
Carta al Inquisidor General, 1670, sin indicación de mes ni
dia, recibida en Madrid el 11 de !\layo del año siguiente.
2.
Informe al Consejo del licenciado D. Manuel de Angulo, Ma–
driJ
22
de Mayo de 1671.
3. Carta al Consejo, rB de Enero de 167r.