EN EL RÍO DE LA PLATA
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civil como en lo criminal_. y los familiares, comen–
sales y dependientes de los Inquisidores, ni en uno
ni en otro, sin olvidarse tampoco S. M. de resolver
el caso de la capa y sombrero ...
1
Esta resolución importaba un golpe tremendo
para las prerrogativas inquisitoriales; pero, con
todo eso, quedaban aún tantas que todavía en las
postrimerías de la dominación española en
Améri~a
sabemos que el Rey se veía en el caso de moderarlas.
Por real cédula de. 12 de Diciembre de 1807, obede–
cida en Santiago' por el presidente don Francisco
Antonio García Carrasco el 22 de Enero de 1809, se
mandó que los familiares presentasen sus títulos
á
los Ayuntamientos y jueces reales,
á
fin de precaver
competencias y dispütas
y
para que constase si no
había exceso sobre el número de esos ministros que
las cédulas de concordia permitían. Otro tanto reza–
ba con los comisarios. Debía igualmente pasarse
á ·
los virreyes una nómina de todos los comisarios y
familiares del distrito y participárseles la celebra–
ción de los actos públicos que verificase el Santo
Oficio, indicando su objeto y circunstancias. Final–
mente, en las causas que no fuesen extrictamente de
fe, antes de impartir el auxilio del brazo real que
solicitasen los ministros del Tribunal, estaban obli–
gados
á
enterar
á
los jueces de las razones ó méritó
con que obrase.
La insolencia y orgullo de los Inquisidores no
deben, sin embargo, parecer extraños, amparados
como se hallaban por la supren1a autoridad del Pa–
pado y del Rey, en unos tiempos en que, después
1.
Véase el detape de estos incidentes en las
Memot·ias de los
·
Virreyes,
t.
IV, págs. 73
y
sigts.