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EN EL RÍO DE LA PLATA

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civil como en lo criminal_. y los familiares, comen–

sales y dependientes de los Inquisidores, ni en uno

ni en otro, sin olvidarse tampoco S. M. de resolver

el caso de la capa y sombrero ...

1

Esta resolución importaba un golpe tremendo

para las prerrogativas inquisitoriales; pero, con

todo eso, quedaban aún tantas que todavía en las

postrimerías de la dominación española en

Améri~a

sabemos que el Rey se veía en el caso de moderarlas.

Por real cédula de. 12 de Diciembre de 1807, obede–

cida en Santiago' por el presidente don Francisco

Antonio García Carrasco el 22 de Enero de 1809, se

mandó que los familiares presentasen sus títulos

á

los Ayuntamientos y jueces reales,

á

fin de precaver

competencias y dispütas

y

para que constase si no

había exceso sobre el número de esos ministros que

las cédulas de concordia permitían. Otro tanto reza–

ba con los comisarios. Debía igualmente pasarse

á ·

los virreyes una nómina de todos los comisarios y

familiares del distrito y participárseles la celebra–

ción de los actos públicos que verificase el Santo

Oficio, indicando su objeto y circunstancias. Final–

mente, en las causas que no fuesen extrictamente de

fe, antes de impartir el auxilio del brazo real que

solicitasen los ministros del Tribunal, estaban obli–

gados

á

enterar

á

los jueces de las razones ó méritó

con que obrase.

La insolencia y orgullo de los Inquisidores no

deben, sin embargo, parecer extraños, amparados

como se hallaban por la supren1a autoridad del Pa–

pado y del Rey, en unos tiempos en que, después

1.

Véase el detape de estos incidentes en las

Memot·ias de los

·

Virreyes,

t.

IV, págs. 73

y

sigts.