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EL RÍO DE LA PLAT.\.
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La parte de la sentencia en que se le mandaba leer
su retractación en la iglesia de Santiago del Estero,
obtuYo Aguirre que se lo conmutase, consiguiendo
que, en lugar de él, pero en su presencia, leyese la
retractación el Vicario, prévio el entero de quinien–
tos pesos de plata ensayada.
En cumplimiento de esta sentencia, Aguirre, el
día. primero ele abril ele 1569, hizo la siguiente ab–
juración, en la. ciudad de la Pla.ta:
1
«Por cuanto yo Francisco ele Aguirre, goberna.–
clol' do las proYincias de Tucumán, fui acusado por
el
Santo Oficio do la ll1':¡uisición ordinaria ante
V. S.
R.
do ciertas proposiciones, que algllnas do
ellas son heréticas, otras erróneas, otras escanda–
losas y malsonantes, las cuales yo elije y afirmé,
no con ánimo de ofender
á
Dios, nuestro seilor, ni
ir contra los mandamientos do la Santa 11adre Igle–
sia
é
fe católica, sinó con ignorancia, las cuales me
fueron mandadas abjmar todas
ele levi
por los jue–
ces delegados á quien V. S. R. cometió este dicho
negocio,
é
por cuanto en la forma de abjuración que
ante los dichos jueces hice no se guardó la orden
de derecho en el abjmarlas ni las abjuré todas, se–
gún las tengo
~-onfesaclas,
2
como por el dicho abto
so me rnandó, que yo consentí, lo cual no fué por
mi culpa sinó por no dármela los dichos jueaes; por
L
Ya Yimos que el acto debió tener lugar, según lo consignado
por Ruiz de Prado, en la iglesia de Santiago del Estero: del tenor
de la abjuración
y
de la certificación que le acompaña, parece, sin
embargo, que el hecho se verificú en' la capital del obispado. Pro–
bablemente se hizo este cambio en la espectativa de que el reo
~1o
regresase más
á
su antigua gobernación,
2.
Cotejando el texto de esta abjuración con la qne hizo primero
Aguirre, que ha publicado Torres de Jllendoza en las págs.
36:l-37C
del tomo XXV de sus
Documentos del Archi'iVO de Indias,
no
en~