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d o, en casas profesas, en colejios, en noviciados, en

residencias, en estancias, en congregaciones;

y

aun á

los profanos mandaba de una manera indirecta, i nvi–

sible, y poe eso mas certera para llegar á su propósi–

to. Reinaba en vasto imperio, con avisada y esplora–

dora policía, con sólidos y suntuosos monumentos,

con t esoro henchido,

á

disposicion del sobera,no. Des–

conocida

la

palab ra libertad,

y

aun mas desconocida

su inte1ij encia,

y

aun mas todavía su ejercicio, el ge–

neral r einaba como sobre cadáveres, pues en tates se

'Conveetian los j esuitas á la voz y

m~ndo

de sugeneral.

El j esuita que notcíra, que tambien á los dem¡;¡,s su–

periores de la orden se debía respectivamente esa obe–

diencia, no debilitaría por cierto la autoridad ele su

general, ni disl!linuiria la obediencia ciega que se le

debía;

y

r ecordaría mas bien, que si los superiores so-

j

nzgaban á los súbditos con poder absoluto, el gene–

ral sojuzgaba

á

súbditos y snperiores con el m.ismo

poder, pero en el últüno grado de la jerarquía del ab–

solutismo, haciendo. á los superiores órganos de su vo–

luntad para con los súbditos hasta en bag-atelas. Los

generales de otras órdenes no

mandah~n

tanto, no

mandaban así. General que eludía las congregaciones

generales de la orden, para con¡¡;ervar sin mengua su

absolutismo y omnipotencia, era un general muy su–

perior

á

los de las demas órdenes, absolutos como son;

y esta singularidad constituye muy especialmente uno

·de los caractéres peculiares de la compañia. El padre

Mariana, que estaba al cabo del absoluto poder de los

:generales de otras órdenes, encontró graves fundamen–

tos

y

señal es manifiestas, para singularizar al de su

compañia, y dijo-"esta monarquía es u na fiera que

lo destroza todo: el general no se gobierna por leyes.»

443.

Hay otra singularidad, que merece una aten–

don particular, y es la especial adhesion

y

obediencia

al romano _pontífice,

y

en términos tan fuertes y apu–

rados, que escandalizan. Consta de la bula

Re_r¡imin¿

-de Paulo III de

1540,

y de la otra

n1junctum

nobis

d_el

mismo en

1543,

qu~

los nuevos relijiosos se propo–

nían servir á solo Jesucristo y

á

su \""icario el Papa-

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