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-238-

' alimenticia. La mayor. ·parte de los parlamentos die–

ron sentencias semejantes

á

la de Paris; y con1o no ,

todos estaban animados de la misma pasion, resulta–

ron disposiciones diversas: los jesuitas secularizados

en unas provincias, conservaban en otras sus monas–

terios y colejios: algunos parlan1entos les fueron fa–

vorables. Por último, el Rey en su edicto de 26 de

Noviembre de

1764,

despues de anular ciertos pro–

cedimientos odiosos, confirmó la:disolucion de la com–

pañi~

en Francia, permitiendo álosque lacomponian

el vivir como particulares;

y

este edicto que hacia ce–

sar un estado de anarquía y de persecucion, fué ge–

neralmente aprobado." Unas de las frases mas no–

tables que entonces sirvieron de fundamento á la con–

ducta que se tuvo contra los jesuitas, fueron las ei–

guientes-"por ser perversa la llamada compañia de

ce

J

esus, destructiva de todo principio ele relijion

y

ce

aun de probidad, injuriosa

á

la moral cristiana, per-

cc

niciosaá la sociedad civil, sediciosa, atentatoria á los

<e

derechos y á la naturaleza del poder real, á la se- •

»

guridad de las personas de los soberanos y

á

la obe-

<c

diencia elelos súbditos, y propia para exitar grandes

«

turbaciones en los Estados, y formar y mantener la

ce

mas. profunda corrupcion en el corazon de los hOin-

<c

bres." [296]

390. Al llegar á este punto, séanos permitida una

observacion, que insinuainos antes. En los hechos

que hemos r eferido, deben separarse cuidadosamente

dos cuestiones-la verdad de las faltas y delitos so–

bre los que recaía la acusacion-la irregularidad y la

violencia que pudieron tener los procedimientos ju–

diciales. Como nuestro obj eto es presentar datos, pa–

ra que falle la opinion de nuestros conciudadanos, ·

.respecto de unas personas que han tenido y tienen

defensores é impugnadores, lo prin1ero es favorable

á nuestro propósito, cualquiera que pueda ser el de–

lnerito de los jueces en el segundo punto. Regular–

mente la persecucion atrae las simpatías;

y

esta es

una garantía que presta la humanidad al perseguido;

mas no por eso le dá

derecho,

le

.dá

inocencia;

y

la des.,.