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·- l:l4

probable podría manchr algo;

y

el súbdito,

á

quien

los doctores le faei li t2vl.'Ían opinion probable en con–

trario, podri a de 'ObGdccer. Y el caos se estenderia,

á

vista de

b

doctrina consabida del P. Castr'o-Palao.

Viene á propósito una observacion . :Nuestros lec–

torBs recordarán, cual era la fuerza de espresion con

que San Ignacio inculcaba á sus díscipulos la necesi–

da4

y

calidades de la obediencia. Obedeced, les de–

eia, sometiendo no solo la -voluntad sino tambien el

entendimiento: obedeced como si fuerais bastan, co–

mo si fuerais cadáver

aJ

arbitrio de vues·tro superior.

Y ¿cómo llenar la voluntad del patriarca fundador

con la doctrina del probabi-lismo? ¿Cómo obedecer

de esa manera al superior, si escritores jesuitas mi–

nistran

á

súbditos jesuitas una doctrina segura en con–

ciencia para no obedecer, siempre que estén apo–

yados en opinion probable contra la obediencia? Aca–

bamos de oir_á Castro-Palao; que no "obstaba que el

superior mandase justamente; porque eso se enten–

día

probabiliter,

y

porque si el súbdito estabaobHgado

pTobabiliter,

tambien

probabiliteT

estaba desobligado."

Todas las sutilezas de los escritores jesuitas no bastan

á

componer tal doctrina .con, el texto de las

constitucio–

nes;

de suerte que en obediencia y respeto

á

ellas, nin–

gun

jesuita debía ser probabilista, por lo menos den–

t.ro

de la compañia. Esta observacion no será perdi–

da

, para que los lectores vayan descubriendo los ca–

ractéres del j esuitismo.

. Echemos ahora la vista

á

la razon alegada por el P.

Terillo.

A

darse por convencidos de ella los .proba–

bilistas, se seguiria. que el probalismo exijia sin pen–

sarlo; ¡quién lo creyera! exijia

certidumbre

para obrar.

He aquí la razon clel padre jesuita-''cuando hay ra–

zon

p1·obable en favor de la opion menos segura, no

es.tá

suficientemente promulgada la ley que manda la

p~rte

mas segura,

y

por consiguiente no obliga." Bien,

digamos nosotros: si las razones alegadas, á favor de

la opinion menos segura·

ó

menps probable, tienen

virtud de quitar á la

rrias

segura ó mas probable su

fuerza de obligar, con mejor

y

mas justo títuJo, las