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;..... 66-

CAPITULO IV.

DE LO QUE SE DEBE ENC.A.RG.A.R

A

LOS CONFESORES Y

PREDICADORES DE LOS GR.A.NDES DE LA.. TIERRA.•

1.

0

Los nuestros dirijirán

á

los príncipes

y

hom–

bres ilustres de modo que aparenten propender úni–

camente á la rnayor gloria de Dios,

y

procurando

con su austeridad de conciencia, que los mismos

príncipes se persuadan de ello: porque esta direc–

cion no debe encaminarse en un principio al gobier–

no exterior

6

político, sino gradual

6

imperceptible–

mente.

2.

o

Por lo tanto seria oportuno

y

conducente ad–

vertirles repetidas veces, que el repartimiento de ho–

nores

y

dignidades en la República es

un

acto de

justicia,

y

que ofenden en gran manera

á

Dios los

príncipes, cuando no lo verifican

y

se dejan llevar

de las pasiones; protestarán así mismo con frecuen–

cia

y

severidad, no querer mezclarse en la adminis–

tracion del Estado, pero que se ven precisados

á

ex–

presarse así

á

pesar suyo, por llenar la nlision que

les está encomendada. Luego que estén bien con–

vencidos los soberanos de todo esto, será

mny

con–

veniente darles una idea de las virtudes de que de–

ben hallarse adornados los escojidos para las digni–

dades

y

principales cargos públicos, procurando en·

toncea recomendar á los amigos verdaderos de la

compañia: sin ernbargo, esto no debe hacerse abier–

tamente por nosotros mismos, sino por medio de los

amigos que tengan intimidad con el príncipe, á no

ser que nos coloquen en disposicion de hacerlo.

3,

o

Para esto cuidarán nuestros amigos de instruir

á

los confesores y predicadores de la Sociedad acer–

ca de las personas hábiles para el desempefio de

cualquier

cargo,

y

que sobre todo,

sean

generosas