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que nada saben de tales instrucciones,
y
que no exis.
ten mas que las generales impresas
ó
manuscritas
que podrán presentar para desvanecer cualquiera
duda. Los superiores deben inquirir con prudencia
y
discresion si alguno de los de la compañia ha ma.
nifestado estas instrucciones
á
los extraños, porque
ni para sí ni para otro deberá copiarlas nadie, sin el
permiso del genernl
ó
del provincial :
y
cuando se
tema que alguno que tenga notieia de estas instruc–
cior.~es,
no sea capaz de guardar tan rigm·oso secre–
to, se les dirá todo lo contrario de lo que en ellas se
dice, se procurará darle
á
entender que solo le fue–
ron manifestadas todas para probarle,
y
despues se
le despedirá.
CAPITULO
I.
DEL MODO CON QUE DEBE CONDUCIRSE LA SOCIEDAD CUANDO SE
TRATA DE COMENZAR ALGUNA FUNDACION.
1.
0
Para captarse la voluntad de los habitantes
del pais, importará mucho manifestar el intento de
la Sociedad de la manera prescrita en las reglas,
donde se dice quA la compañia debe trabajar con
tanto ardor
y
esfuerzo por la salvacion del prójimo
como por la suya. Para inducir mejor
á
esta idea
será muy oportuno que los nuestros practiquen los
oficios mas humildes, visitando
á
los pobres, los
aflijidos y encarcelados. Es muy conveniente con–
fesar con mucha prontitud
y
oir las confesiones
mostrando indiferencia, sin apurar á los penitentes,
para que los habitantes nws notables admiren
á
nuestros padres
y
los
estir~en,
por
1~
tfln gran cari-
,
"