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que nada saben de tales instrucciones,

y

que no exis.

ten mas que las generales impresas

ó

manuscritas

que podrán presentar para desvanecer cualquiera

duda. Los superiores deben inquirir con prudencia

y

discresion si alguno de los de la compañia ha ma.

nifestado estas instrucciones

á

los extraños, porque

ni para sí ni para otro deberá copiarlas nadie, sin el

permiso del genernl

ó

del provincial :

y

cuando se

tema que alguno que tenga notieia de estas instruc–

cior.~es,

no sea capaz de guardar tan rigm·oso secre–

to, se les dirá todo lo contrario de lo que en ellas se

dice, se procurará darle

á

entender que solo le fue–

ron manifestadas todas para probarle,

y

despues se

le despedirá.

CAPITULO

I.

DEL MODO CON QUE DEBE CONDUCIRSE LA SOCIEDAD CUANDO SE

TRATA DE COMENZAR ALGUNA FUNDACION.

1.

0

Para captarse la voluntad de los habitantes

del pais, importará mucho manifestar el intento de

la Sociedad de la manera prescrita en las reglas,

donde se dice quA la compañia debe trabajar con

tanto ardor

y

esfuerzo por la salvacion del prójimo

como por la suya. Para inducir mejor

á

esta idea

será muy oportuno que los nuestros practiquen los

oficios mas humildes, visitando

á

los pobres, los

aflijidos y encarcelados. Es muy conveniente con–

fesar con mucha prontitud

y

oir las confesiones

mostrando indiferencia, sin apurar á los penitentes,

para que los habitantes nws notables admiren

á

nuestros padres

y

los

estir~en,

por

1~

tfln gran cari-

,

"