SEMINARIOS
DE MISION!tS.
XXVI
Considerando
la
importancia de que en mis vastos
Doa
minios en las
Indias
;
y en el
Asia
,
se proporcione la promulga ...
don del Evangelío ,
y
dilatacion de la
Fé
Cat!.!/éa
en mnchas
Re–
giones en que sus habitadores viven todavía en la infidelidad ;
y
que en los ya civilizados se continúe
y
extienda por
Sacerdote~o
seculares de toda instruccior1
~
exemplares costumbres , afeéto
á
la;
Nacion , y
á
su
Príncipe , desprendidos de intereses , y
con exione~
particulares , como que en uno
y
otro se interesa
la
Religion ,
1
el Estado : siguiendo la mente de lo que teu-go resuelto , á la Corr..
sulta de mi Consejo en el Extraordinario de veinte y nue ve de
Enero del año pasado : mando se erijan Seminarios de Misiones
en estos mis Reynos , en que se enseñe ,
y
eduque·
la
juventud,
y
á aqueUas personas del Clero
Español
que manifiesten vocacion
1
instruccion , y piedad , correspondientes
á
tan santo y grave mi•
nistedo ·; sin que jamas puedan ent rar estrangeros ; peto sí \'enir
~
-ellos qualesquiera mis Vasallos de mis Re: nos de las
Indias
,
en
los quales como
E .rpañoles
originarios reynan
los
mismos principioS'
., de fidelidad , y amor á mi Soberanía.
XXVII
A este fin destino los dos grandes Colegios · de ·
Loyo/tli
y
Vil!agarcia
:
en el uno se establecerá el Semin ario de Misiones
para la
Amét·ica Meridional
,
y
·e'n
el otro
para
la
.Septentrional
y
Fi–
lipinas
,
sin perjuicio de que mi Consejo en el Extraordinario me
consulte las dernas Casas y Colegios , que estime convenir
á
_di·
~ho
fin , 6 de otra enseñanza , que no cabe detertninár en una re–
gla general : debiendo la instruccion · pública llevar la primera'
atencion , teniéndose presente á las Uni versidades que lo necesiten
en quanto á aplicacion
~e
Edificios , como tengo resuelto respeél:o'
á
las de
Granada
,
y
Sevilla
:
quedando para Universidades secu..¡
lares los varios Colegios que con este destino tenían en mis Do–
minios de
Indias
; (
sin que p.aedan · aplicarse con ningun motivo
á
R egulares
)
baxo mi autoridad , y de las reglás que convenga
añadir
ó
aclarar para bien público : sobre que tambien dará mi.
Consejo en el Extraordinario las órdenes convenientes.
. XXVIII
Para su dotacion se aplicarán los bienes ·que adrni..;
nistraban los
Regulares de la;
Compai1ia
en
Espaiía
;.
ton destino
á
Misiones de
Infieles
,
supuesto. _que en ellQs no hay que innovar·
sinó el mudar de 9perarios ; debiendo contribuir asimismo los
1
bienes ocupados
en
Indias
á
d.ichos
Regulares
gravados con el mismo
d€stin~.
·
El