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40

,siásticos inobedientes

y'

~didosos

, procurando resguudar así

~

,~r

Príncipe ,

y

la Pátria de todo insulto ; pero quando se fuaci<C

,inencion de biene.s , 6

cosa~

temporales ,

y

de

rernision .

·de ~1~

,pená , siempre .lo dexaban á la disposíci?O del Monarca ,

'.~ui

&

,peccasse nostuntur,

que dixo el citado

Concilio

Doce,

Cán.

·g;'

'.:

,Despues que empezó la felíz restauracion de esta

Mona-rquí~&

,continuó

la

obser~ancia

de fa Regalía, acerca.

d_e

la libre

dis–

,,posicion q1,1e pertenece

al

Príncipe., en

los ·

bienes-

de

Edes!ásti•

; ,eos

sediciosos

y

esttañados , siendo

ba~tantes

los_ex.emplareSv

que

,subministra la Histori9 ,

y

que se leen en los Escritores·.

_

,Pero como los Fiscales

se

hayan pn;>puesto usar solamente

,de

pruebas .instrumentales ,

6

de ley ,

se

reducirán·

á

acordar .

á

1

,el Consejo algo de lo que sea conducente en la materia

de que .

, ,se trata. .

.

.

. -

-· .

,,En

1a

L~y

única del

ti

t.

2.

lib.

r.

del

Ff1eto Real

,

hablandCJ

,el Señor

Rey

Don At6nso el Sabio

,

ó

Decimo

,

de los que

'Jir;r:.

,,fecho

,

ó

po't dicho

,

ó

por Consejo

fuesen éontra el Rey ;

6

cantra

,su ,Reyno , despues de imponer varías penas corporales , prevtn().

,que los

bzines de los t ales fuese en poder_ del

R ey

de darlos

,

Ó,_

de'{lifllt

,cet" de ellos lo que quisiere.

: .

>

·

J

~;Haciéndose.

cargo despues la misma

L~y

del JdeHte!J ·te-n

q_ue

,incurrían los que

hablas~n

mal del Príncipe ,

aunque~ fuese"··d~c

·

,yerro que supiesen , como no. se lo dixesen

eti su

poride~d)

6

se;...

,,creto ' determino '

que quien en otra maner-a lo ficiese si fuere ·fi–

,Jalgo,

ó

home

d~

ót.den

,

ó

Clerigq,

ó

L igo, despues que

fuer~

;,probado por verdad pierda toda

la

metad de sus cosa¡

,

y

sean

del

Réy, –

haga de ellas

lo

que quisiere

,

y

é~

séa echado de todo su

Reyft{J –

,del Rey

:

é

si no fuere· fidfl'lgo

~

el Rl{J1 hagPJ- · de él

,

é

de su buena lo.c–

'~que

quisiere.

De

modo , que sín mas·diferencia que minorar

1&

,peÁa en el' caso: de la si!Ilple detraccion contra el Pdncipe -,

á·

,distincion

de

quando esta conspiraba

á

los bullidos , y

le.vanta~

,mientos , se vé·que 'era· una. Regalía asentad'a\

- ~isponer·

el Mo–

'~narca

libremente de a'queUa poréion de bietieS

·que- d~bia -

ser oc'ú'{"_

,,pada , sin. excepcion de que

el

reo fuese dédgó .,

ó

petson~ ~do

,,órden.

7

.

-

·.

;,La

misma. disposicion

libre

se

en

·J~ L~y

f1.tirnera,

tit;

2'

11

.,,lib.

2 ,

de las

Reales Ordr!nanzas de Castílta

,

pues tr'atandose

del

,homenage que

se

debe' ptestar.

á

el

su.ccesor

del

Rey no, se

es–

,¡ablec.e ,

que

si.

slguno

quie~:

4e

gran guisa

,

ó.

de

menor

guistJ

,

esftJ

,)ri~.

e.umpti~re

,

é

alQUrifJ de

eflo-s

errar~

,_

é¿

,

6 todas sus cosas

.i>ean

·

,,e,