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37
de
Enero de. este. año . explicaron como preliminar de sus uJ.teriO-
r~'s
propuestas lo
qu~
juzgarón oportuno sobre
el
domfnio adquirí·
rlo por
mi
Corona , en uso de mis regalías ,
á
los Bienes ,
6
Tern–
porali~ades
ocupadas
á
los citados
Regulares,
y
del Patronato
R~a1,
é
inmediata ,proteccion que me pertenece $Obre los Establecirnien:.
tos
á
que me dignase destinarlos ,
á
mas de ·pedirlo así su perma–
nencia ,
y
mejor cumplimiento , en .cuyos particulares pusieron una
<lilatada fundadtsima Respuesta,, que
á
la letra dice asi : :::: , Los.
- F' 1 d 1 C
..
D
p
d:
R d
.
n
/
D
Respum&
, 1sca es e · onseJO
on
e ro
o rrguez '--ampomanes
y
on
1
,.
.
1]
,JosefMoñino
,
en vista de · la Real -Orden de nueve de
Nov iem~
1
ua
•·
~.,bre
de mil
s
Lecientos sesenta
-y
siete , dicen , que en e'onsecuen-
'?cia de lo acordado por Decreto de veinte .
y
nueve de Diciembre
,del afio próximopasad.o deben proponer
á
este Supremo Tribunal
,los puntos respeB:ivos
á
la deliberacion que S.
M.
desea se ·tome
, ,sobre
el
destino de los Bienis ocupados
á
los
Regulares
de la
Com"
~'!~~ñia
, .
~iend?
este -el objeto de la
c~ta,da,
Real
Or~en
, · en cu,ya
,vmud
han stdo convocados para asistir
a el
Consejo los Prela–
,dos que expresa.
_ ·. ;,Para entrar en a9l.lella· deliberacion entienden los
Fiscales,
,,que el ·primer paso debe ser fixar por una declaracion solemne
,J?~
derechos, aut-oridad,
y
facu lt:tdes de
los
que hán
d~
inter-.
,,venir en el destino,
y
aplicacion
ef~ttiva .
Puesto en su debida
""'~~Jari~ad ~~te ~rincipio
, será?
muy
ilanos ,
~áciles
,
y
per~~,~~~~les
.los
¡ntdws
pata llegar ·a el fin que
se
ha propuesto
la
pte-
;,pad ,d'e nuestro benigno Soberan o.
·
·,S. M.
en
el
.Articulo VIII
de
la
Real
Pragmática
de
dos de
,~Al?r}J.:de
mil
setecientos sesenta
y
siete tiene explicadas
sus , Rea~
"~ts
iqte_nciones. acerca de las Obras
pfas , á
que desea aplicar los
,,Bi~nes
oe,upados , y en_ el miSmo
Articulo
manifestó , que se
,, hariá
1<~;
aplicacion oídos los Ordinarios Eclesiásticos en
lo
nece–
,_,sario ,
y
conveniente.
. ,;Esta regla anticipada que presenta la
Pragmática
descubre,
_;.,que_
la
autoridad Real , acompañada de la ordinaria de los Re–
,~~ér,~qd9~.
Obispos en lo que sea conveniente
ó
necesaria , há
de
,obrar en esta aplicadon ;
y
este es un punto decidido
yá
con
el
,exam~n
y
.drcunspeceion
.que
prece-dió
á
la
.resolucion del estra-
,ñ"amiento.
·
·
.
~
,Habiendo
de
obrar inmediatamente
la
Autoridad Real por.
,,aquellos derechos incontestables
que
las Leyes .,
'los·
Cánones ,
y
,la
misma
Constituci~n
y
esencia de
la
Soberanía confieren
á
el
-
.
M~