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á los misioneros para que bautizasen en determinados
días y señalados plazos de tiempo á todos los que se
mostraban rehacios en recibir la
fé
y
la dominación es–
pañola. Ruda protesta levantó semejante atropello en
el ánimo verdaderamente apostólico del Domínico las
Casas y del Agustino Fr. Juan de Oseguera Llegó á
oídos del Emperador la famosa controversia; y para
dirimirla según las enseñanzas
y
doctrinas de la Iglesia
católica, dirigió al Mtro. Fr. Francisco de Vitoria la si–
guiente consulta:
<<El Rey.-Maestro Fr. Francisco de Vitoria, cate–
drático de prima en la Universidad de Salamanca.
Fray Bartolomé de las Casas, de la Orden de Santo
Domingo, ha mucho tiempo que reside en nuestras
Indias, é agora ha venido
á
estos reinos, á procurar
algunas cosas que tocan á su orden y bien de los natu–
rales de aquella tierra, el cual nos ha hecho relación
que conviene y es necesario, que se proíba é defienda
que ninguno bautice en aquellas partes yndio ni negro
ni otro infiel adulto, hasta que, conforme
á
la Sagrada
Escritura y doctrina de los santos y á la costumbre de
la Universal Iglesia, sean en la fe católica doctrinados,
tanto tiempo quanto suficientemente hubieren menes–
ter para ser dignos de recibir el santo baptismo; porque
diz que en las nuestras dichas Indias se acostumbra
baptizar, sin que aquel que recibe el agua del baptis–
mo sepa ni entienda lo que recibe de que nuestro Se–
ñor es deservido;
é
visto lo suso dicho en el nuestro
Consejo real de las Indias, por ser, como es, cosa theo–
logal, ha parecido que conviene que sea visto y exami–
nado por personas theólogas, é yo, por la buena rela–
ción que de vuestra persona, letras é vida tengo, he
acordado de os lo remitir, para que como celoso del
servicio de Dios nuestro Señor é vuestro, como cosa
que tanto importa á nuestra santa fé católica, lo veais
é deis en ello nuestro parecer. Por ende yo vos ruego
y
encargo~
que veais lo que asy dice el dicho Fr. Bartolo–
mé de las Casas cerca de lo tocante al dicho baptismo,