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pecador como él, sin esperanza de reportar alguna ventaja de tal
confesion. Ellos no pueden absolver al penitente de sus pecados,
porque en el protestantismo ya no hay sacerdocio ni·episcopado
(i).,
ni hay jurisdiccion por haberse separado del sucesor de S. Pedro,
centro de la unidad.,
á
quien Cristo confirió esas misteriosas llaves.,
y por él
á
la Iglesia. Ellos mismos confiesan que solo Dios
y
no el
hombre aunque sea en su nombre., puede perdonar los pecados. ,
Esa confesion pues queda reducida
á
una.
mera consulta para pedir
consejos,
á
~n
acto puramente humano., destituido de toda virtud
·y
eficacia divina capaz de justificar al pecador. Será por lo comun
un acto de conveniencia, ó de interés material., ·pues se da li–
bertad de hacerse con un ministro ó con un secular, con un hom–
breó con una mujer : es
decir~
que poco masó menos vale siem–
pre lo mismo., poco ó nada;
y
como no se trata de hacer un? con–
fesion individual de todos los pecados para obtener el perdon., sino
tener una consulta ó con'ferencia de conveniencia sobre alguna
duda ó algun escrúpulo, cuidará bien el amor propio de no mani–
festarle, sino lo puramente necesario,
á
·un hombre casado., que no
le es fácil poderse negar á las exigencias de su esposa, ó á una Mu–
jer demasiado co
laciente al amor de su Marido,
y
á
la ligereza
ele su sexo, mayormente cuando no hay la ley apremiante del sigilo
sacramental. Ese confesor pues
y
esa confesora no podrían ejercer
con sus penitentes los oficios de médico, doctor
y
juez., y el enfermo
quedaría tan enfermo, el ignorante tan ignorante., y el criminal tan
criminal despues como antes de la confesion.
Resta
la cunfesion secreta,
que tambien se usa entre los protes–
tantes en la plegaria priv.ada (2). Sin duda esta confesion humilde
de los pecados hecha en la presencia de Dios con vivo dolor de ha-·
(i)
Los verdaderos Obispos han desaparecido en la reforma,
y
los legos fueron
ordenados por la Reina. Ademas no hay sacramento del Orden entre los protes–
tantes: sus ministros son
ministros del pueblo,
y
no sacerdotes de Jesucristo. Vease
al P. Perrone,
Theologia dogm.;
y
al Abate Barran,
Exposicion razonada,.
-
(2)
En-
sayo ,
pag.
i9.
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