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Si
en estas ca¡,edras de enseñanza se cumplieran siempre los
>>
oficios evangelicos;
y
si de nada mas se hablára que de la obser–
>>
vancia de las obligaciones conocidas,
y
del amor á los hombres
>>
sin distincion alguna? agradecirniento,
y
solo agradecimiento
))
habria que profesar
á
estos maestros de la moral (
1) ;
»
no pode–
mos menos de afrontarle, que esta conducta no es lógíca, ni evan–
gelica, ni social. ¡Qué
t
¿Acaso no es una obligacion conocida, ni
un oficio evangelico el apartar á los fieles, por el consejo, de los
peligros de la seduccion
y
la desmoralizacion
y
de la ocasion proxima
del pecado? ¿No es
una obligacion conocida, ni oficio
evangelico la
obediencia á los mandatos del Vicario de Nuestro Señor Jesucristo?
Como nuestro presbítero se ha exhonerado .de cumplir estos oficios
evangelicos; como no ha querido asumir la tremenda responsabi–
lidad de confesor, que otros sacerdotes
p~r
amor á sus hermanos
y
sin emolumentos temporales han tomado, ·apesar de los sacrificios,
de privaciones, abnegaciones
y
molestias, que lleva consigo este
cargo; no puede estar al corriente de lo que .pasa en ese 1nundo
·invisible de las conciencias'! que se revela solo al confesor. Si con ·
una mirada moralizadora penetrára á este mundo incógnito desde el
tribunal de la Penitencia, vería los motivos por que no son dignos
de censura ciertos consej_os ó preceptos que los confesores dan á
sus penitentes, sea cual se quiera su clase
ó
condicion, relativos al
teatro
ú
á otros objetos
y
acciones.
Los maestros de la moral deben
cumplir siempre los oficios evangelicos;
no pueden ser có1nplices
ni aduladores de la corrupeion de costumbres; no pueden dar á las
cosas otros n01nbres que los que les competen;
y
por entronado
que vean al vicio, ellos siempre lo anatematizarán,
y
sin olvidarse
de la prudencia dirán siempre con tono franco á sus perpetradores :
Non licet.
El Dr.
V.
debe advertir sin embargo , que combatimos las
(1) En
El Constitucional,
n. ;;)0, etc.