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moriLo impt:tratorio
y
satisfactorio, que en sí es•superabuncbnte
ú
las particulares necesidades de los mismos, que las practicaron. Este
merito fecundado á su vez por la sávia de los meritas de la redencion
del Salvador
y
por sus promesas, existe en la presencia divina
y
existe sin haber perdido su valor;
y
de este merito unido á los
meritas inmensos ele la redencion, cual si se echaran pocas gotas á
un ocr.ano insondable
é
interminable, resulta ese tesoro inagotable
de la Iglesia, esa medida superabundante
y
rebosante que, segun
la frase evangelica, se babia ele depositar en su seno para que
á
todos aprovechára (i). La Iglesia pues en las preces de la absolu–
cion, despues de haber perdonado al penitente la culpa
y
la pena
eterna en virtud de los meritas de N. S. J.
y
en nombre del Padre,
del Hijo
y
del Espjritu Santo, invoca los mismos meritas del .Re–
dentor
y
juntamente los de la Santísima Vírgen
y
de los Santos,
y
recuerd~
las obras buenas que hará el penitente justificado,
y
lo
presenla todo ante la justicia de Dios para que se digne aplicarlos,
si así lo juzga oportuno, en satisfacci.on de la pena temporal que el
. penitente debe cumplir. ¿Dónde está la absurdidad
é
irreligion de
esta doctrina?
No es tampoco esta una doctrina extraña al Evangelio : es ia
misma doctrina divina, que acabamos de citar,
y
es á la vez la del
poder de las llaves que posee la Iglesia por disposicion de Jesu–
cristo. A lo cual añadiremos, que no era blasfemo San Pablo
cuando instruido en ella, aplicaba las aflicciones
y
las austeridades
corporales, que babia padecido, á. favor de los miembros de la
Iglesia, como lo advertía á los Colosenses (2), ni cuando remitia
parte de la penitencia
al
incestuoso
á
ruego de los santos fieles de
Corinto,
y
usando de la indulgencia en persona de Jesucristo (3).
Ni San Pedro proclamaba una doctrina absurda, cuanda ofrecia
á
los fieles el valimiento de sus meritos
é
in tercesion despues ele su
(1) Lnc., c.
n,
y,
38. -
(~)
Colus., c.
í,
v. 21:. -
(3) 2. Cor., c.
II,
v.
iO.
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